Derechos de autor para articulos
Derechos de autor para articulos
Cordial saludo, desde colombia,
Publicar libros y su posterior descarga de autores como richard dawkins, es un delito. Mi inquietud es la siguiente, publicar los articulos de este autor, por ejemplo, mencionando claro su fuente, ¿ES UN DELITO? ¿DEBO PEDIR AUTORIZACIÓN DEL AUTOR?
Espero sus comentarios, agradezco no perder el hilo, como en entradas pasadas.
bayyyyyyyyyyyyyy
Publicar libros y su posterior descarga de autores como richard dawkins, es un delito. Mi inquietud es la siguiente, publicar los articulos de este autor, por ejemplo, mencionando claro su fuente, ¿ES UN DELITO? ¿DEBO PEDIR AUTORIZACIÓN DEL AUTOR?
Espero sus comentarios, agradezco no perder el hilo, como en entradas pasadas.
bayyyyyyyyyyyyyy
Re: Derechos de autor para articulos
Por qué no te buscas consejos en un foro de abogados.
Porque aquí lo que vas a encontrar es a conveniencia de algunos como olteko o Tontux que no les importa un carajo quien escribió qué, y se arman un tutifruti de "argumentos" como si fueran su opinión y la fuente?, bien y tú.
Porque aquí lo que vas a encontrar es a conveniencia de algunos como olteko o Tontux que no les importa un carajo quien escribió qué, y se arman un tutifruti de "argumentos" como si fueran su opinión y la fuente?, bien y tú.
Re: Derechos de autor para articulos
Si alguno, es objetivo, respondiese mi pregunta. El objetivo de esta no es mas que saber y estar documentado, sobre todo por que deseo o mejor dicho estoy en la construcion de un blog (obviamente el tema es el ateismo) y no quiero incurrir en ilegalidades.
agradezco de antemano su atencion.
agradezco de antemano su atencion.
Re: Derechos de autor para articulos
Objetivamente:ateomp3 escribió:Si alguno, es objetivo, respondiese mi pregunta. El objetivo de esta no es mas que saber y estar documentado, sobre todo por que deseo o mejor dicho estoy en la construcion de un blog (obviamente el tema es el ateismo) y no quiero incurrir en ilegalidades.
agradezco de antemano su atencion.
Vete a preguntar eso a un foro de abogados.
Re: Derechos de autor para articulos
No creo que les moleste , ya que les estas haciendo buena publicidad ad honorem para su proximo best-seller.
Que es mi barco mi tesoro,
que es mi dios la libertad,
mi ley, la fuerza y el viento,
mi única patria, la mar.
que es mi dios la libertad,
mi ley, la fuerza y el viento,
mi única patria, la mar.
Re: Derechos de autor para articulos
No sé si será válido fuera del círculo científico, y con los tejemanejes de las sociedades de autores no se sabe, pero en mi mundo, de investigación científica, al escribir tú un artículo nuevo, haces referencia a multitud de artículos anteriores, entre los cuales, al 99,99% estará basada tu investigación. Por acceder a esos artículos se suele pagar una suscripción a revistas, pero muchos se ofrecen de libre acceso a poco que busques en internet (Google académico o scholar, por ejemplo).
El procedimiento para la referencia a otros artículos es nombrarlos inmediatamente después del dato o hecho a que te refieras, escrito entre paréntesis, y en este orden: (Autor o autores, año de publicación). Al final del artículo, se escribe una lista por orden alfabético de los artículos citados, donde se especifica, además de autor y año, título del artículo o libro, revista en la que fue publicado y reseñas para su identificación (Volumen, sección, capítulo y páginas).
De este modo, los "royalties" que percibe un autor por ser citado es un mayor índice de "citación" (no sé si existe este palabro, ;p), lo que da una idea del prestigio y calidad científica, tanto del autor como de su trabajo. Eso, al final, se traduce en un currículo para optar a subvenciones, proyectos financiados, etc.
No se cobra dinero de modo directo, pero ayuda a conseguirlo en el futuro.
Espero que te haya ayudado.
El procedimiento para la referencia a otros artículos es nombrarlos inmediatamente después del dato o hecho a que te refieras, escrito entre paréntesis, y en este orden: (Autor o autores, año de publicación). Al final del artículo, se escribe una lista por orden alfabético de los artículos citados, donde se especifica, además de autor y año, título del artículo o libro, revista en la que fue publicado y reseñas para su identificación (Volumen, sección, capítulo y páginas).
De este modo, los "royalties" que percibe un autor por ser citado es un mayor índice de "citación" (no sé si existe este palabro, ;p), lo que da una idea del prestigio y calidad científica, tanto del autor como de su trabajo. Eso, al final, se traduce en un currículo para optar a subvenciones, proyectos financiados, etc.
No se cobra dinero de modo directo, pero ayuda a conseguirlo en el futuro.
Espero que te haya ayudado.
"Si alguien está en desacuerdo contigo, déjalo vivir. No encontrarás a nadie parecido en cien mil millones de galaxias." Carl Sagan.