Fotografía condenada por la Iglesia
Publicado: Vie Dic 16, 2011 2:28 am
Siguen escandalizados y con sus obsesiones pacatas y trasnochadas sobre la sexualidad femenina. Pero de la pederastia, ni escándalo ni protestas a la archidiócesis, ni ná.
(Aquí sí se puede decir en varios sentidos "¡como está, la virgen!" )El arzobispado condena el "reportaje erótico" de Paz Vega en una ermitaLa actriz posa para un calendario junto a la Virgen de la EncarnaciónLa Archidiócesis de Sevilla ha expresado su "categórica reprobación" al "reportaje erótico" de la actriz Paz Vega en la capilla de la patrona de Gerena (Sevilla), que vulnera la legislación canónica y se llevó a cabo "dolosamente" y engañando a los responsables de la ermita.
En un comunicado, el arzobispado "reprueba de forma categórica unos hechos que atentan a los sentimientos de los fieles, hieren la sensibilidad de los devotos de la patrona de Gerena y contravienen lo dispuesto por la legislación canónica para el uso de lugares sagrados".
Según la nota, la citada legislación subraya que en todo momento "debe evitarse cualquier cosa que no esté en consonancia con la santidad del lugar", y son objeto de esta prohibición aquellos actos contrarios a la naturaleza eclesial del lugar como los conciertos de música profana o "reportajes fotográficos como el que nos ocupa".
La actriz sevillana aparece ataviada sólo con una mantilla ante la Virgen de la Encarnación de Gerena, de rodillas, en unas fotos que se incluyen en el calendario para 2012 de la empresa alemana de chocolates Lambertz, que se presentó el pasado 4 de diciembre en Berlín.
Según precisa la archidiócesis que dirige Juan José Asenjo, el referido reportaje fue autorizado por la Hermandad de Nuestra Señora de la Encarnación "sin conocimiento ni consulta previa del Arzobispado, como hubiera sido conveniente".
Por ello, exhorta a las entidades que tienen encomendada la custodia y mantenimiento de los lugares sagrados "que extremen la diligencia en este cometido, evitando en lo posible ser objeto de engaño o manipulación por parte de terceros, como parece que ha ocurrido en el caso".
Recuerda la nota que el Código de Derecho Canónico es "suficientemente esclarecedor en estos supuestos", al determinar que "en un lugar sagrado sólo puede admitirse aquello que favorece al ejercicio y el fomento del culto, de la piedad y de la religión, y se prohíbe lo que no esté en consonancia con la santidad del lugar"
Fuente:
EFE Sevilla 15/12/2011
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