A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra...

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Vitriólico
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!

"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.".
(Proverbio árabe).

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Shé
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Urge hacer un inventario y una desamortización en regla. Luego, aunque ya sé que no se lleva, convendría proceder a la expulsión en masa de todo aquel miembro de clero que no se gane los garbanzos, y cuyo único trabajo consista en mantener el estatus de la institución: que la mantengan en el Vaticano, mientras los romanos lo consientan. :mrgreen:

Entre curas y banqueros nos van a dejar a los Españoles en pelotas. Eso sí en el país de las maravillas en el que la forma en que estamos saliendo de la crisis está dejando asombrado al mundo. A Montoro no nos lo quita nadie. Ni la iglesia.

La "carrera de pillos" en la que la Iglesia siempre gana

  • Un cálculo estima en "miles y miles" los bienes inmuebles inmatriculados por la Iglesia católica en España: campos, casas, ermitas, iglesias, catedrales o la mismísima Mezquita de Córdoba.
  • Aragón y la Comunidad Valenciana no consiguen del Ministerio de Justicia ni del Registro de la Propiedad un listado de bienes como el que obtuvo el Parlamento navarro hace seis años.
  • Los registradores tienen potestad para decidir si prevalece el derecho de acceso a la información o la protección de los datos personales


Elena Cabrera 30/03/2014 - 20:34h
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La ermita de Santa María de Eunate es una joya románica construida en el siglo XII que aparece en el listado de
1.087 inmatriculaciones realizadas por la Iglesia católica en Navarra. / Foto: Roberto Cacho Toca (CC)
Las inmatriculaciones son una "carrera de pillos". El primero que registra un pedazo de tierra que hasta ahora no era de nadie, gana. El que llega segundo al despacho del registrador tiene que demostrar que el primero se equivoca. Esos términos usa el catedrático de Derecho Público de la Universidad Pública de Navarra, Alejandro Torres, cuando explica cómo la Iglesia católica ha sido la más rápida, durante años, en el maratón de las inmatriculaciones. Y también, la más silenciosa.

Si no fuera porque en el año 2007 un investigador navarro, revolviendo en la historia de su pueblo, se topó con que el terreno en el que se levantaba su parroquia estaba inscrito a nombre de su respectivo arzobispado, no se habría levantado la liebre. "Pura casualidad", recalca Pascual Larunbe, portavoz de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro, creada a raíz de ese hallazgo.

"Al solicitar un par de notas simples, nos dimos cuenta de que era un asunto muy grave. Es lo que nosotros llamamos un escándalo monumental", recuerda Larunbe. Ermitas, iglesias, catedrales, basílicas, locales parroquiales pero también casas, atrios, cementerios, frontones, viñas, pastizales, prados, garajes... inscritos a nombre del Arzobispado de Pamplona y Tudela.

La única ocasión en la que se ha conseguido un listado de bienes inmuebles inmatriculados por la Iglesia sucedió en Navarra en el año 2008. El grupo Izquierda-Ezkerra solicitó esa información a la presidenta del Parlamento autonómico, Elena Torres (PSOE). Ella cursó la petición al Ministerio de Justicia, presidido en ese momento por Mariano Fernández Bermejo (PSOE). Justicia trasladó el requerimiento a los registros de la propiedad correspondientes y, en cuatro meses, se obtuvo la respuesta: 1.087 bienes inmatriculados entre 1998 y 2007, de los cuales, un 80% son lugares de culto. No obstante, la información quedó incompleta, pues el Registro de la Propiedad número 3 de Pamplona se negó a proporcionarla.


El 'making of' de Navarra

"Si cada comunidad autónoma hiciera lo propio –propone Pascual Larunbe–, sabríamos de cuántos bienes estamos hablando en todo el Estado". Y se atreve a un cálculo, grosso modo: "Si en Navarra sólo conocemos 1.000 a partir de 1998, échale al menos otros 1.000 por las casas parroquiales de los más de 600 concejos navarros que puedan haber sido inmatriculados antes de ese año. Ahora multiplica 2.000 por las 50 provincias españolas, por decir algo. En todo el Estado deben de ser miles y miles, y económicamente no se puede valorar porque a la casa del cura le puedes poner un precio pero no a una catedral".

"Estamos reivindicando bienes públicos", añade. "A los ciudadanos les interesa saber qué está pasando con las ermitas y las casas de sus pueblos porque son ellos los que las han pagado". El patrimonio que la Iglesia está registrando a su nombre va desde la ermita de Santa Engracia en el pueblo zaragozano San Mateo de Gállego hasta la Mezquita-Catedral de Córdoba; desde las 29 fincas de pastos, viñas y olivares del pueblo navarro de Eslava hasta la mismísima catedral gótica de Tudela.

Pero la propuesta de Pascual Larunbe no está funcionando y la vía política se ha bloqueado con el Gobierno del PP. "Nosotros hicimos un calco del sistema navarro", admite Jorge A. García, presidente de la asociación aragonesa Movimiento Hacia un Estado Laico (MHUEL). Ni las Cortes de Aragón ni la Mesa del Congreso de los Diputados pudieron cursar las peticiones de la Chunta Aragonesista.

Primero, el Ministerio de Justicia se declaró no competente y después aseguró que la responsabilidad de la publicidad de los datos es de los registradores. De postre, criticó que la manera en la que se obtuvo el listado navarro no era "el procedimiento propio" y que prueba de ello era que uno de los registradores se negara.


Tras la pista del IBI

De oca a oca, MHUEL se dirigió al Registro de la Propiedad. "Nos dijeron que carecemos de legitimación para pedir esa documentación" explica García. "Son contestaciones que hacen ruborizar", opina el portavoz de esta asociación en defensa del laicismo, cuyo objetivo ahora es "la concienciación" de cada ayuntamiento. "Con el tema de la exención del IBI se pueden detectar inmatriculaciones, pero tienen que ser los ayuntamientos los que saquen esa información si tienen voluntad política de hacerlo". Izquierda Unida y Chunta Aragonesista pidieron al Ayuntamiento de Zaragoza que lo hiciera, pero con la negativa del PP y la abstención del PSOE, la moción no salió adelante.
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La iglesia de Sant Bartomeu (Xàbia, Valencia) ha sido reclamada por el Ayuntamiento después de que fuera inmatriculada en 2009 por el Arzobispado, que posteriormente corrigió la inscripción a nombre de la parroquia. Fue declarada Monumento Artístico Nacional en 1931. / Foto: Alejandro Blanco (CC)
En Valencia, un tercer caso. La coalición Compromís registró dos proposiciones no de ley en las Cortes Valencianas. En la primera de ellas afirmaba que "algunos de estos bienes (casas y tierras) están siendo vendidos por el Arzobispado, obteniendo unos cuantiosos beneficios", por lo que la diputada Mònica Oltra instaba a la Generalitat a que consiguiera a través del Ministerio de Justicia un listado de inmatriculaciones realizadas por el Arzobispado de Valencia.

Un portavoz de Compromís recuerda que "la Mesa de Las Cortes, con mayoría del PP, la inadmitió por ser ofensiva con la Iglesia". "Hay que destacar –añade– que Juan Cotino, muy vinculado a la Iglesia católica, es el presidente de Les Corts y de la Mesa".

La Diócesis de Valencia ha inmatriculado, al menos, las ermitas de la Muntanyeta (Alberic) y la de la Virgen del Lluch (Alzira), además de la Fortaleza de Xàbia, "una torre defensiva mantenida y reformada por los ciudadanos con fondos públicos municipales", recalca la proposición. En la segunda de ellas se pedía que la Dirección General de Patrimonio tomara la iniciativa de inmatricular para "conservar el patrimonio valenciano en poder del pueblo".

eldiario.es ha preguntado al gabinete de prensa del Ministerio de Justicia por qué esta cartera no proporciona o facilita el acceso a la información sobre inmatriculaciones y su respuesta es la misma que en la vía política: diríjanse al departamento de prensa del Colegio de Registradores.

Desde el Colegio aclaran que "cada registrador tiene la facultad de elegir si proporciona o no esta información" . Al ser "jurisdiccional", unos pueden pensar "que prevalece el derecho a la información sobre la protección de datos, o no ". Esa independencia explica que la registradora del número 3 de Pamplona denegara la información al Ministerio de Justicia, una decisión que, según Pascual Larunbe, podría tener que ver con que se trata de "una conocida miembro del Opus". "Ya está bien que una registradora incumpla su deber profesional de proporcionar una documentación que es pública y ha sido solicitada en toda regla", se queja.

"El Registro de la Propiedad es independiente de la política", explica una portavoz del Colegio, "actúa con criterios de su jurisdicción y no con criterios políticos". Preguntados por si en el hipotético caso de recibir una orden del Ministerio de Justicia podría el Colegio de Registradores recabar de todos los registros de España las inmatriculaciones de la Iglesia católica en el conjunto del Estado español, la respuesta es sí, el Colegio podría hacerlo.


Perder el juicio

Ser el más rápido en "la carrera de pillos" no asegura la victoria. Xabier Iltzarbe cuenta con "bastante rabia y desilusión" la historia de la ermita de su pueblo, Garísoain (Navarra), del cual él es el alcalde. Alertado, Iltzarbe comprobó que la ermita de Nuestra Señora del Pilar no estaba inmatriculada, así que la inscribió a nombre del concejo de su pueblo. Al darse cuenta el obispo, demandó al municipio reclamando la propiedad de la ermita. El juicio, en los Juzgados de Primera Instancia de Estella-Lizarra, se celebró en 2011 y lo perdió el Arzobispado. Pero no contento con el resultado, lo recurrió en la Audiencia Provincial. La apelación cambió el sentido de la sentencia y concedió a la Iglesia la titularidad de la ermita. La prueba decisiva fue la aportación de un título de propiedad a nombre de la Diócesis sobre el terreno que la circunda.

"Somos un pueblo pequeño –relata Iltzarbe–, y ahora tenemos que pagar las costas del juicio, pero no tenemos dinero porque ya estamos pagando un crédito que pedimos para hacer un frontón". La paradoja llega a la hora de buscar financiación para pagar las costas judiciales: "Le hemos ofrecido al obispo un trato para vender un terreno urbanizable que tenemos a medias la Diócesis y el Ayuntamiento y, si lo vendemos, sacaríamos de ahí el dinero para pagar el juicio que hemos perdido contra ellos".

En opinión del alcalde, este ha sido "un juicio político" que no pensaban que iban a perder. "En Navarra, tanto la Iglesia como el Opus tienen mucho poder" y, "si se da batalla, es de ciudadanos de a pie, de concejos, pero no de la élite, que sigue siendo muy derechona".


Diez años para reclamar

Mejor acabó el juicio del obispo de Lugo, Alfonso Carrasco Rouco, sobrino del expresidente de la Conferencia Episcopal, contra 53 vecinos de la aldea de Ribadulla (A Coruña) que inmatricularon un campo. El denominado "campo da festa" o "campo do cruceiro" es un terreno rústico que la Diócesis quería vender junto a una casa parroquial. Pero los vecinos fueron más rápidos. El juez de Arzúa los absolvió.

Pero esta batalla, explican los que la libran, no puede ser de los David contra el gran Goliat. Carmen Urriza, de la Plataforma Navarra, reclama que sin un inventario general "no sabemos de lo que estamos hablando" y que, aunque en Navarra el tiempo para reclamar una inmatriculación es de 20 años, en el resto del país es sólo de 10. Para la Mezquita de Córdoba, por ejemplo, el plazo se cumple en 2016.

"Las inmatriculaciones son inconstitucionales"
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Gracias al art. 206 de la Ley Hipotecaria y al art. 304 del Reglamento Hipotecario, los obispos quedan equiparados a otros funcionarios públicos de las diferentes administraciones a la hora de certificar que un bien es suyo, con el objetivo de inmatricularlo.

Inmatricular significa inscribir un bien inmueble, por primera vez, en el Registro de la Propiedad. Y aunque es cierto que la inmatriculación no da automáticamente la propiedad del bien, a la larga sí la otorga si nadie la cuestiona.

Sólo un funcionario público a cuyo cargo esté la Administración del Estado, la provincia o el municipio puede emitir certificaciones de dominio. Pero el art. 304 del Reglamento Hipotecario recoge que, cuando los bienes son de la Iglesia católica, el diocesano –obispo o arzobispo– puede hacerlo también. Por eso las diócesis están inmatriculando sin freno, incluyendo templos gracias a la reforma hipotecaria que hizo el Gobierno de Aznar en 1998. Hasta esa fecha, los templos no eran susceptibles de ser inscritos en el Registro de la Propiedad.

Para el catedrático Alejandro Torres, los citados artículos de la Ley Hipotecaria de 1966 son inconstitucionales, pues van en contra del principio de laicidad del Estado. "Si ninguna confesión tendrá carácter estatal", el profesor Torres se pregunta "¿cómo es que los obispos pueden emitir unos certificados de dominio que les equipara a los notarios?".

Según estos expertos, los artículos que respaldan esta masiva campaña de inmatriculaciones son inconstitucionales porque van no sólo contra el principio de laicidad del Estado, sino también contra el de igualdad, pues concede a la Iglesia un privilegio que no tienen las demás confesiones.
El Diario.es, 30 de marzo 2014
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Vitriólico
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Expulsar al clero que no trabaje?? .... supongo que será una broma.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!

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Shé
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Claro.

En el Vaticano no caben. :?
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eduardo dd
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Conque les paguen los vicios sus fieles me conformo :rolleyes:

Creo que llorare si lo llego a ver :llorar: :llorar:

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Shé
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Pues aún falta un par de eones, me temo.

La Plataforma navarra no ceja en su pelea, tan desigual, contra las inmatriculaciones de la iglesia, y la puja por la titularidad de la Mezquita de Córdoba han sacado el asunto de nuevo a un plano más visible de lo habitual.

Al parecer, el gobierno ha aprobado recientemente un anteproyecto de ley que acabaría con el privilegio inconstitucional que permite que los representantes de la iglesia católica actúen como fedatarios públicos. Pero si la ley finalmente se aprueba, no entraría en vigor hasta un año más tarde. Es como avisar a los críos de una clase que se va a prohibir pintarrajear las paredes a partir de una semana más tarde, y dejarles dentro con los estuches de pinturas.

Este es el comunicado que he recibido en el correo electrónico, de la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro.

Y después va el artículo aparecido en El País el día 13, que también me han enviado ellos y que se me pasó sin verlo.
LUCES Y SOMBRAS DEL ANTEPROYECTO DE LEY HIPOTECARIA APROBADO POR EL CONSEJO DE MINISTROS DEL PASADO VIERNES DIA 11 DE ABRIL DE 2.014 Y SU RELACIÓN CON EL EXPOLIO LLEVADO A CABO POR LA IGLESIA CATÓLICA AL AMPARO DEL ARTÍCULO 206 DE LA ACTUAL LEY HIPOTECARIA DE 1.946.
La Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro/Nafarroako Ondarearen Defentsarako Plataforma, una vez analizado el texto del Proyecto, quiere manifestar la alegría y satisfacción de ver que, por fin, ante la presión social y política, el Gobierno del PP se ha visto en la obligación de rectificar el artículo 206 de la Ley Hipotecaria.

Este artículo otorga el privilegio a la Iglesia católica de poder inmatricular bienes a su nombre en el Registro de la Propiedad, con una simple certificación expedida por el Obispo que ejerce como si fuera un fedatario público diciendo, simplemente, que el inmueble le pertenece. Es decir, sin Notario, sin coste, sin publicidad, sin acreditar la propiedad.

De esta forma, la Iglesia católica ha usurpado los bienes de los pueblos que, por ser públicos, no estaban inscritos en el Registro. Solamente en Navarra, en el periodo 1.998 a 2.007, han sido inmatriculados 1.087 inmuebles: viñas, frontón, cementerios, casas parroquiales, ermitas, arbolados, iglesias, catedrales, etc..

La Plataforma, como es sabido, viene luchando desde el año 2.007 por la derogación del artículo 206 L.H. por manifiestamente inconstitucional, y la devolución de los bienes a los pueblos. Así lo ha planteado ante toda clase de instancias.

La sombra es que el Gobierno se resiste a reconocer que el actual artículo 206 L.H. atenta contra la aconfesionalidad del Estado pues, si lo reconociera, habría derogado, de inmediato, este privilegio que equipara a la Iglesia con el Estado.

En realidad, como su voluntad es continuar manteniendo los privilegios de la Iglesia católica, ha ideado la manera de permitirle rematar la faena. Para ello, le facilita seguir inmatriculando bienes por el actual art. 206 L.H. durante un año después de la publicación de la Ley en el B.O.E. lo que, en la práctica, pueden ser años.

La Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro/Nafarroako Ondarearen Defentsarako Plataforma, no puede admitir la continuidad de esta situación como establece este Proyecto de Ley y, por tanto, continuará reivindicando la devolución del patrimonio usurpado y la inmediata derogación del art. 206 L.H.

El Presidente:
Carlos Armendariz
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Shé
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El limbo de las inmatriculaciones

La plataforma que pide la titularidad pública de la Mezquita exige que la reforma de la ley Hipotecaria tenga caracter retroactivo

MARGOT MOLINA Sevilla 13 ABR 2014 - 20:20 CET
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Interior de la Mezquita-Catedral de Córdoba. / GARCÍA CORDERO
Iglesia católica, sociedad civil y Junta de Andalucía están inmersas en un galimatías jurídico para dilucidar a quién corresponde la propiedad de la Mezquita-Catedral de Córdoba. Pero este no es un conflicto aislado, sino que forma parte de una amplia campaña de la Iglesia, que está inscribiendo como propios los templos dedicados al culto en los Registros de la Propiedad de todo el país. Numerosos juristas insisten en que la norma que permite estas inscripciones, una reforma de la ley Hipotecaria de 1946 que realizó el Gobierno de Aznar en 1998, es inconstitucional y, por lo tanto, todas las inmatriculaciones (el registro de una finca por primera vez) son nulas.

“Le corresponde a las Administraciones públicas, y en este caso a la Junta de Andalucía, velar por el cumplimiento de la Constitución. Las inscripciones se están realizando amparándose en dos normas [artículo 206 de la ley Hipotecaria de 1946 y el 304 del reglamento Hipotecario de 1947] preconstitucionales que entran en colisión con los principios de igualdad ante la ley y aconfesionalidad que reconoce la Carta Magna”, asegura Antonio Manuel Rodríguez, profesor de Derecho Civil de la Universidad de Córdoba y portavoz de la plataforma ciudadana Mezquita-Catedral: Patrimonio de Todos.

Las quejas de la sociedad civil han llegado hasta el Gobierno y el anteproyecto de ley que reforma la ley Hipotecaria, aprobado por el Consejo de Ministros el pasado día 11, retira a los obispos el privilegio de poder inscribir propiedades como si fuesen notarios. Pero, le da una prórroga a la Iglesia, ya que establece que la ley entrará en vigor un año después de su publicación de la ley en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Tanto la asociación cordobesa como la Plataforma de Defensa del Patrimonio Navarro valoran este cambio, pero lo consideran insuficiente. “El que hace la ley, hace la trampa y el Gobierno ha demostrado con este anteproyecto que es pro Iglesia católica, porque les deja un año para que sigan con las inmatriculaciones. Nosotros pediremos a la Junta que exija que la reforma tenga carácter retroactivo”, aseguró ayer Miguel Santiago, también portavoz de Mezquita-Catedral: Patrimonio de Todos.


El Gobierno plantea retirar a las obispos sus privilegios como fedatarios públicos
“El Gobierno se resiste a reconocer que el artículo 206 atenta contra la aconfesionalidad del Estado, porque si lo reconociesen habrían derogado de inmediato este privilegio que equipara Iglesia con Estado”, dice la plataforma navarra en un comunicado.

La asociación cordobesa fundamenta sus argumentos en la opinión de prestigiosos juristas como Manuel Albaladejo, Manuel Peña Bernaldo de Quirós, Pilar de la Haza Díaz o Alejandro Torres Gutiérrez, entre otros muchos, que reconocen la inconstitucionalidad de esas normas por vulnerar el principio de aconfesionalidad del Estado. Una petición que con anterioridad, en 2007, ya había realizado la plataforma navarra ante el Parlamento foral a través del grupo Izquierda-Ezkerra.

“Nosotros solicitamos al Ministerio de Justicia una relación completa de los bienes que la Iglesia había inmatriculado en Navarra desde 1998. Hasta entonces fueron 1.087, de los cuales casi el 80% eran templos dedicados al culto. Pero lo que aún no sabemos, y estamos esperando el dato que tiene que proporcionar la Dirección General de Registros y Notarías, es cuántos bienes de los que no están dedicados al rezo ha inmatriculado la Iglesia en Navarra desde que se aprobó la ley Hipotecaria en 1946”, explica Pascual Larunbe, portavoz de la plataforma de Navarra.

En caso de que la petición de inconstitucionalidad de la norma progresase, la Iglesia católica se encontraría con que las inscripciones de más de 4.500 inmuebles (ver EL PAÍS 6 de Mayo de 2013) que ha realizado en los Registros de la Propiedad desde la reforma de 1998 podrían ser declaradas nulas.


La petición de titularidad pública de la Mezquita es ilegal, dice el Cabildo de Córdoba
Mientras que la plataforma cordobesa reclama la gestión pública del monumento y la presidenta de la Junta, Susana Díaz, apunta que “la titularidad pública es compatible con la gestión por parte de la Iglesia”; el Cabildo Catedral de Córdoba contesta que las aspiraciones de ambos son “ilegales”. “En su conjunto no se ajustan a la realidad y son contrarias a las normativas jurídicas vigentes”, afirmó a través de un comunicado del 25 de febrero. Desde finales de febrero, tanto la Junta como el Obispado de Córdoba han evitado pronunciarse sobre el tema y esperan que amaine el temporal.

Sin embargo, en una comparecencia parlamentaria del pasado 20 de marzo la consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero, adelantó que la Junta está “valorando, desde el punto de vista jurídico, diferentes alternativas que permitan garantizar un uso adecuado del monumento cordobés”. En la misma sesión, el alcalde de Córdoba y diputado por el PP, José Antonio Nieto —quien se ha mostrado contrario a la iniciativa de la plataforma—, espetó a la consejera que si no está de acuerdo con lo que ha hecho el Cabildo Catedral “diga a sus compañeros en el Congreso de los Diputados que promuevan la reforma, que es lo que deberían haber hecho cuando gobernaron. A mí no me parece mal. No estoy en contra de que la ley Hipotecaria se ajuste a lo que se tenga que ajustar”. “Me alegro de que de este debate podamos concluir que de la mano, Partido Popular y partido socialista, planteemos en el Congreso de los Diputados el cambio de esa ley”, concluyó Montero, no sin cierta dosis de ironía.

Dueños de la Giralda
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Vista parcial de la Catedral de Sevilla. / JULIÁN ROJAS
El secretismo con el que la Iglesia ha venido realizando las inmatriculaciones afecta también al Arzobispado de Sevilla que ha eludido contestar a las preguntas de este periódico, ni tan siquiera la de si la Catedral de Sevilla y su Giralda han sido registradas. A pesar de que la “santa, metropolitana y patriarcal Iglesia Catedral de Sevilla”, como se la nombre en el documento, está inscrita en el Registro de la Propiedad desde el 30 de abril de 2010.

Como propietario de sus 22.914 metros cuadrados, que incluyen “la parroquia del Sagrario de la Catedral y dependencias anexas”, figura el Cabildo de la Catedral y da fe de ello un solo documento: una certificación expedida el primero de abril de ese año por la Archidiócesis de Sevilla.

En el caso de la Mezquita cordobesa, el argumento es más elaborado. El expediente del Registro de la Propiedad justifica así el derecho de propiedad de la Mezquita-Catedral: “Reconquistada la ciudad por Fernando III El Santo, el monarca dispuso que en la festividad de los santos apóstoles Pedro y Pablo del año 1236 fuera dedicada a Santa María Madre de Dios y consagrada aquel mismo día (…). La ceremonia de trazar con el báculo sobre una faja de ceniza extendida en el pavimento en forma de cruz diagonal las letras de los alfabetos griego y latino fue la expresión litúrgica y canónica de la toma de posesión por parte de la Iglesia”.
El origen de esta desigualdad jurídica, contra la que clama un sector de la sociedad que no entiende que se mantengan privilegios a una religión determinada en un Estado que se dice aconfesional, es consecuencia de los siglos en los que no había separación entre Iglesia y Estado. “Al crearse el Registro de la Propiedad por la ley Hipotecaria de 1861, se entendió que los bienes del Estado, las Administraciones y la Iglesia católica no necesitaban de inscripción porque todos conocían quién era su titular y no estaban en el mercado. A raíz de las leyes desamortizadoras del siglo XIX, se hizo necesario que tanto los administradores de los bienes del Estado, como los diocesanos, elaboraran una relación de bienes exceptuados de la desamortización (que incluía a los templos dedicados al culto). La Iglesia podía disponer de esos bienes e inscribirlos, pero debía acreditar, mediante una certificación, la situación en que se encontraban tales bienes, poseídos legítima, pacífica e ininterrumpidamente en concepto de dueño desde tiempo inmemorial pero carentes de título escrito de propiedad”, explica Lourdes Ruano, catedrática de Derecho Eclesiástico del Estado de la Universidad de Salamanca.

Dos asociaciones luchan por declarar inconstitucional la norma de 1946
“La Ley Hipotecaria de 1946 transformó dichas certificaciones de posesión en certificaciones de dominio y las incluyó para la inmatriculación, tanto para el Estado y las Administraciones como para la Iglesia. Sin embargo, la Iglesia no ha podido inmatricular los templos destinados al culto hasta 1998, año en que se modificó la legislación hipotecaria”, añade la catedrática y autora, entre otros, de la obra La inscripción en el Registro de la Propiedad de los bienes de las confesiones religiosas (Aranzadi, 2005).

Aunque Lourdes Ruano reconoce se trata de “un sistema anacrónico”, defiende que estos preceptos no tienen “nada que ver con la relación Iglesia-Estado, sino con la relación título-registro y se enmarcan en una política legislativa que lo que pretende es favorecer el ingreso de los bienes en el Registro”.

Por su parte, uno de los portavoces de Mezquita-Catedral: Patrimonio de Todos asegura que la ley Hipotecaria de 1946 y el reglamento de 1947 son predemocráticos y, por tanto, han sido derogados por la propia Constitución. Prueba de ello, añade, es que el Gobierno ha eliminado ahora ese artículo. “El reglamento Hipotecario equipara a los diocesanos [obispo, canciller o vicario general] con los fedatarios públicos , basta con su declaración para que la Iglesia pueda inscribir un bien a su nombre y eso es claramente inconstitucional”, dice Antonio Manuel Rodríguez.


Para la catedrática Lourdes Ruano, el sistema es “anacrónimo”
Y el profesor cordobés pone como ejemplo lo ocurrido con la Mezquita-Catedral de Córdoba (nombre oficial del monumento). “En 2006 la diócesis de Córdoba inmatriculó a la Mezquita con el nombre de Santa Iglesia Catedral de Córdoba y como título de propiedad acepta la explicación del obispo. Con la inscripción se ha generado la apariencia de propiedad privada, que se consolidará en 2016, por eso es tan importante que las Administraciones actúen antes de que se cumpla este plazo”, aclara Rodríguez. “Paradójicamente, el registrador ha puesto como referencia del expediente ‘Mezquita Córdoba”, añade con sarcasmo.

“Solo pedimos que se cumplan las leyes de los hombres. La Junta y el resto de las Administraciones han manifestado una dejación de funciones en la Mezquita-Catedral y, a partir de la inmatriculación en 2006, se ha agudizado la invasión confesional en la gestión del monumento. Han borrado la palabra mezquita de su web y de todos los folletos y en sus visitas priman siempre los criterios confesionales, eludiendo cualquier mención a su etapa andalusí. Creemos que el Obispado ha cruzado una línea roja y está poniendo en peligro su declaración de Patrimonio Mundial por la Unesco. No todo es catedral y todo es más que una mezquita”, concluye el portavoz de la plataforma ciudadana que ha reunido cerca de 186.000 firmas para pedir la titularidad pública del monumento que, durante años, ha sido emblema de tolerancia. Un pulso que, si la Administración andaluza se atreve, se dilucidará en los tribunales.
El País, 13 de abril 2014
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Shé
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Lo de la Mezquita está levantando ampollas. Ya era hora. El número de firmas recogido ya es de casi 342.000
La polémica de la Mezquita llega al Senado: IU acusa a Gallardón de permitir a la iglesia apropiarse de 4.500 edificios

Exigen en el Senado la retroactividad en las inmatriculaciones realizadas desde 2008

ELPLURAL.COM/ANDALUCIA | 22/04/2014


El senador de Izquierda Unida por Andalucía, José Manuel Mariscal ha elevado hoy al Pleno del Senado la polémica sobre la titularidad de la Mezquita de Córdoba en una pregunta dirigida al ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón en la que ha cuestionado al Gobierno sobre la política de registro de bienes inmuebles de la Iglesia.

“Adueñarse actuando como si fueran fedatarios públicos”
Así, Mariscal ha preguntado al Gobierno central si se ha planteado revisar la legislación hipotecaria para suprimir el privilegio que se otorga a los obispos de la Iglesia Católica de actuar como fedatarios públicos para emitir certificaciones de dominio sobre bienes inmuebles para adueñarse de ellos mediante su inmatriculación en el Registro de la Propiedad.

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“30 euros cuesta hacerse con la propiedad de la joya arquitectónica del mundo” le ha ha recordado el senador de IU Andalucía, José Manuel Mariscal, al ministro Gallardón
Uso de una ley franquista
Y es que, según Mariscal, con una ley “para algunos preconstitucional, para otros anticonstitucional” la Iglesia se ha saldado ya 4500 edificios inmatriculados en el caso de la Mezquita de Córdoba, por la cantidad de 30 euros por lo que ha exigido la retroactividad en las inmatriculaciones realizadas desde 2008 “por inconstitucionales”.

Por 30 euros
“30 euros cuesta hacerse con la propiedad de la joya arquitectónica del mundo” ha considerado el senador andaluz que ha arrojado otros datos de ganancias de la Iglesia con la gestión del edificio por parte del Cabildo Catedralicio de Córdoba. 8 euros cobra la iglesia por entrada en las más de 1,2 millones de visitas al año que recibe y todo libre de impuestos. “¿Piensan modificar la legislación para evitar este robo?” ha espetado Mariscal a Gallardón.

Polémica en Córdoba y 285.000 firmas
Como informó ELPLURAL.COM la polémica suscitada por el deseo del Obispado de Córdoba y por ende de la Iglesia Católica de apropiarse de la Mezquita de Córdoba como un bien privado, está provocando que colectivos, plataformas y ciudadanos de relevancia cultural y social, se movilicen para para este proceso contra un monumento declarado Patrimonio Universal precisamente por ser un símbolo de concordia, tolerancia y diálogo, todo lo contrario de los objetivos del Obispado cordobés para el que la Mezquita es más una Iglesia Catedral -y así la denomina- y un elemento de la cristiandad. Personalidades de la relevancia de Norman Foster, Antonio Muñoz Molina o Antonio Gala apoyan esta reivindicación en un documento que ya ha sido avalado por 285.000 firmas.
El Plural, 22 de abril 2014

Y el tema ha trascendido, para mayor gloria de las mantillas con y sin peineta, procesiones, peregrinaciones y demás parafernalia pía pepera, fuera de nuestras fronteras:
Quand l'Espagne demande des comptes à son Eglise
Par Gaelle Lucas | 15/04 | 06:00

Dans une Espagne en pleine cure d'austérité, les facilités et exonérations fiscales accordées à l'Eglise passent de plus en plus mal. A Cordoue, la mobilisation contre l'appropriation de la « mosquée-cathédrale » par l'évêché local est en train de tourner à la bataille politico-juridique.
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En 2006, l\'évêché de Cordoue est devenu le propriétaire de la « mosquée-cathédrale ». Une démarche parfaitement légale mais aujourd\'hui contestée par la population et le gouvernement régional. - Photo Manuel Cohen/AFP
Dans la cour aux orangers baignée d'un soleil printanier, une guide décrit à un groupe d'enfants sages les rituels de prière musulmans. Devant eux se dresse, imposante, l'honorable mosquée de Cordoue, vieille dame dont les origines remontent à plus de 1.200 ans. Des dizaines de touristes matinaux commencent à affluer pour visiter une mosquée qui n'en est plus une : convertie en église après la Reconquista, en 1236, elle abrite en son sein une cathédrale depuis le XVIe siècle.

Cette merveille architecturale, que tout le monde avait pris l'habitude d'appeler la « mosquée-cathédrale », porte d'ailleurs un nouveau nom officiel : « Cathédrale de Cordoue, ancienne mosquée ». Un glissement sémantique moins anecdotique qu'il n'y paraît...


Intrigués par ce changement, une poignée de Cordouans mènent leur enquête et font, en 2009, une surprenante découverte : trois ans plus tôt, dans la plus grande discrétion, la mosquée, déclarée patrimoine mondial par l'Unesco, a été inscrite au registre de la propriété (l'équivalent du Service de publicité foncière) par l'évêché de Cordoue. Une simple démarche administrative qui lui a permis de certifier que le temple lui appartenait. « Nous avions constaté que le bâtiment se christianisait et nous avons suspecté son appropriation », raconte Antonio Manuel Rodríguez, professeur de droit constitutionnel à l'université de Cordoue et porte-parole de la plate-forme citoyenne Mosquée-cathédrale de Cordoue : patrimoine de tous.

Cette dernière a récemment mis en ligne une pétition demandant, entre autres, que soit rétablie la propriété publique du monument, principale attraction touristique de la ville andalouse. Le texte a déjà recueilli plus de 206.000 signatures.

« Cette polémique est injuste. L'acte de certification de 2006 ne nous a pas octroyé la propriété de la cathédrale. Il n'a fait que la confirmer. Ce bien nous appartenait déjà, mais nous l'avons enregistré par mesure de sécurité juridique. Nous avons scrupuleusement respecté la loi », assurait encore au mois de mars Pablo Garzón, le porte-parole de l'évêché de Cordoue, dont le siège se situe à deux pas de la mosquée.

La démarche de l'évêché de Cordoue était, effectivement, parfaitement légale. Mais plus pour longtemps. Face à la polémique soulevée par cette affaire, le gouvernement de Mariano Rajoy a glissé dans un avant-projet de loi la suppression des dispositions autorisant l'Eglise à s'approprier les immeubles dont elle a l'usage. C'est la loi hypothécaire de 1946, adoptée en plein franquisme, qui avait consacré ce droit aujourd'hui décrié, à une époque où l'Eglise constituait un pilier essentiel de l'Etat espagnol. Le texte en question, encore en vigueur trente-cinq ans après l'avènement de la démocratie et la reconnaissance de l'« aconfessionnalité » de l'Etat, autorisent les officiers du culte catholique à « immatriculer » un bien - autrement dit à faire enregistrer sa propriété -, sans avoir à passer par l'étude d'un notaire, au même titre que des agents de l'Etat. En 1998, le gouvernement conservateur de José María Aznar avait même étendu ce droit aux immeubles dédiés au culte, comme les églises, jusqu'alors exclus de la loi. Cette époque sera bientôt révolue : dans un communiqué laconique, le ministère de la Justice espagnol a fait savoir vendredi que, désormais, « les inscriptions de [la] propriété [de l'Eglise] relèvent de la procédure normale d'immatriculation ».


Des vignobles et des bois

Il était temps : églises, ermitages, cathédrales… Depuis la réforme Aznar, les diocèses se sont transformés en véritables machines à immatriculer des biens. « Ils ont enregistré tout ce qui leur tombait sous la main », s'insurge Juanjo Pico, porte-parole de l'association de défense de la laïcité Europa Laíca. Qui estime que l'Eglise espagnole serait actuellement propriétaire de 110.000 immeubles. Aucun chiffre officiel ne le confirme. Pour obtenir le nombre d'immatriculations depuis 1998, il faudrait consulter chaque registre un par un, d'après Alejandro Torres, professeur de droit constitutionnel à l'Université publique de Navarre. Un travail de titan, à moins que le gouvernement se charge de dresser lui-même un état des lieux… Celui du socialiste José Luis Rodríguez Zapatero (2004-2011), pourtant peu désireux de s'attirer les foudres de l'Eglise, avait donné des chiffres à la demande du Parlement navarrais, en 2007 : il était alors apparu que, dans la seule région de Navarre, 1.087 biens avaient été immatriculés en l'espace de neuf ans par les paroisses locales. En plus des lieux de culte de la région, on avait alors eu la surprise de découvrir que « des vignobles, des maisons paroissiales, des bois, et même des terrains de pelote basque » étaient devenus la propriété de l'Eglise, s'étrangle Pascual Larunbe, porte-parole de la Plate-forme de défense du patrimoine navarrais.

Des appropriations certes légales, mais qui, aux yeux d'Alejandro Torres, « n'en demeuraient pas moins inconstitutionnelles ». En effet, expliquait-il avant le changement de loi annoncé vendredi, « si aucune confession n'a de caractère étatique, comme le dit la Constitution de 1978, aucun évêque ne peut être assimilé à un agent public ».


La révolte d'Úbeda
Dans le fond, toutefois, ne fait-on pas là beaucoup de bruit pour rien ? Après tout, une église étant un lieu de culte, il semble logique que le diocèse dont elle dépend en soit propriétaire… Même si, dans le cas de la France, par exemple, la plupart des églises appartiennent aux communes. « L'Eglise a été l'usagère de la mosquée-cathédrale depuis 1236. Cela n'en fait pas la propriétaire. En réalité, la mosquée a, tout au long de son histoire, appartenu aux différents pouvoirs politiques en place », répond Antonio Manuel Rodríguez, évoquant tour à tour l'influence des Omeyyades ou de Charles Quint.

Pascual Larunbe écarte lui aussi l'argument avec emphase : « Les immatriculations par l'Eglise sont illégitimes, car pendant des siècles, ces monuments ont été entretenus par les communes et leurs habitants. C'est une spoliation pure et simple de biens séculaires par une entité privée. » « La conservation des églises se fait encore avec de l'argent public », ajoute Juan Moscoso, député socialiste de Navarre. « Tout dépend du territoire concerné », nuance une porte-parole de la conférence épiscopale : « Le financement public varie selon les accords entre l'administration et les différents diocèses. » « El País » rapportait, en 2012, la révolte de certains habitants de la ville andalouse d'Úbeda, alors que la paroisse avait décidé de faire payer 4 euros l'entrée d'une église restaurée grâce à 7 millions d'euros de fonds publics. La mosquée de Cordoue, elle, a bénéficié de fonds publics au moins jusqu'en 2009 d'après l'Institut du patrimoine culturel espagnol, quoique le chapitre affirme ne pas avoir reçu un euro de l'Etat depuis 2003.

Le manque à gagner pour l'Etat des appropriations par l'Eglise est difficile à estimer. Au-delà de la valeur intrinsèque de ce patrimoine, sa simple exploitation peut rapporter gros. Les 10 millions d'euros engrangés (sans faire l'objet d'aucun prélèvement fiscal) l'an dernier par l'évêché de Cordoue grâce aux entrées de la mosquée en témoignent. Et, à l'instar de la petite église d'Úbeda, il est souvent impossible de franchir le seuil d'une église en Espagne sans devoir auparavant payer un droit d'entrée. La conférence épiscopale affirmait néanmoins en 2007 que le rendement de son patrimoine n'apportait pas plus de 5 % des recettes de chaque diocèse. Pour Juan Moscoso, « le préjudice ne vient pas tant de l'appropriation de ces monuments que du manque à gagner fiscal qui en découle ». En effet, en vertu des accords de 1979 entre l'Etat et le Vatican, l'Eglise espagnole ne paye pas d'impôts fonciers. En 2013, en pleine cure d'austérité, le gouvernement régional navarrais a bien essayé de supprimer cette exonération d'impôts sur son territoire. La mesure a été censurée par la Cour constitutionnelle : les traités internationaux ne peuvent être amendés par une loi régionale.

Bien que la réforme de la loi hypothécaire ne le précise pas, il est probable qu'elle s'applique aux « immatriculations » et ne modifie pas le statut des immeubles déjà enregistrés. « En principe, elle ne devrait pas être rétroactive », explique Antonio Manuel Rodríguez. En attendant, chaque immatriculation jugée abusive doit être contestée par les pouvoirs publics locaux. Jusque-là, bien peu ont utilisé l'arme judiciaire : « Pour l'instant, la quasi-totalité des procès ont été perdus au profit de l'Eglise », constate Pascual Larunbe. « Le problème est que la charge de la preuve incombe à celui qui conteste l'acte de propriété. Or il est très difficile de prouver qu'un bien construit il y a des centaines d'années l'a été avec l'argent des habitants du village ou a été entretenu par leurs soins pendant des siècles », ajoute-t-il.

Le gouvernement socialiste d'Andalousie a commandé un rapport pour décider des actions à mettre en place dans l'affaire de la mosquée. Le temps lui est compté : « Au bout de dix ans, l'acte de certification se transforme en titre de propriété », avertit Alejandro Torres. « Le risque est que l'Eglise finisse propriétaire de tous ces immeubles », craint-il. Dans le cas de la mosquée, il reste donc moins de deux ans à la région pour faire valoir ses droits. Si le gouvernement régional décide finalement de livrer bataille, elle promet d'être rude : « Nous nous battrons pour un droit aussi fondamental que celui de la propriété », prévient Pablo Garzón, le porte-parole de l'évêché de Cordoue.
Gaëlle Lucas

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Les Echos, 15 de abril 2014
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JohnyFK
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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A mi los de IU.... por un lado me dan una de cal y por otro lado otra de arena. A la vez que denuncian la inmatriculación de inmuebles por parte de la ICAR *, se ponen a apoyar a los hipocondríacos de las antenas de móviles ** . Y me gustaría ver cómo se posicionan en temas como las polémicas de los antivacunas y demás chorradas pseudocientíficas a las que numerosos sectores izquierdosos tienden a abrazar para luchar contra la "desmedida dominación de las grandes compañías farmacéuticas". Por lo menos parece que en contra de la homeopatía sí que están, pero tiendo a pensar que lo están más porque ese negocio tiene también grandes compañías detrás que por ser una pseudomedicina fraudulenta que no funciona.

* Bastante tarde, por cierto.

** Sí, esos que rechazan las antenas de telefonía porque dicen que provocan cáncer pero a la vez llevan un móvil pegado a las gónadas todo el día con total despreocupación.



Y perdón por el offtopic :z15:
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Vitriólico
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Gallardón:
“Sería un despropósito quitar la mezquita de Córdoba a la Iglesia”

El ministro de Justicia argumenta que la indemnización sería demasiado alta
El Gobierno da un año a la Iglesia para poner los templos a su nombre
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha rechazado hoy en el Senado la posibilidad de retirar a la Iglesia católica la titularidad de la mezquita de Córdoba, que consiguió en 2006 gracias a una ley aprobada por Aznar en 1998 que permite a las diócesis registrar a su nombre cualquier templo que no tenga dueño registrado. Según Gallardón, la expropiación sería un despropósito jurídico porque para ello la ley exige que exista un peligro de destrucción o deterioro, algo que no está ocurriendo, y también un despropósito económico porque la indemnización supondría una cantidad "ingente" de dinero. No así la inmatriculación, porque cuando la Iglesia pone a su nombre los valiosos templos (que lo son también para el turismo) apenas le cuesta un puñado de euros.

El ministro ha respondido así esta tarde en la Cámara alta a una pregunta del senador de IU José Manuel Mariscal que inicialmente pedía que el Gobierno aclarase si prevé revisar la legislación hipotecaria para suprimir el "anacrónico privilegio" por el que obispos pueden poner a su nombre cualquier edificio, almacén, cementerio, garaje o huerto sin tener que demostrar que es la propietaria, un privilegio del que disfruta gracias a una ley franquista de 1946 y que el Gobierno Aznar amplió a los templos en 1998.

Gallardón ha respondido que el Gobierno aprobó a mediados de este mes el proyecto de ley para modificar la Ley Hipotecaria y suprimir ese privilegio, ante lo que Mariscal ha recordado que esa reforma tiene "truco", pues concede a la Iglesia un año de moratoria desde la publicación de la ley hasta su entrada en vigor, lo que "le dará tiempo suficiente para inmatricular aún más bienes".

La Iglesia ha inmatriculado desde 1946 miles de inmuebles y templos en toda España. Se desconoce el número de propiedades que se han puesto a su nombre por toda España, pero algunas estimaciones de fuentes cercanas al Registro de la Propiedad hablan de alrededor de 4.500. Muchos alcaldes desconocen que la iglesia o la ermita ya no pertenece al pueblo.


Fuente:
ELPAIS.COM
http://sociedad.elpais.com/sociedad/201 ... 79919.html" onclick="window.open(this.href);return false;
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Vitriólico
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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El obispo es el notario
Muchos nos hemos enterado ahora con perplejidad de que España es un país en el que los obispos son también notarios por la gracia de una ley franquista que perdura. En los días previos a Semana Santa, sin embargo, el Consejo de Ministros lanzaba un anteproyecto de reforma de la Ley Hipotecaria que pondrá término a esta potestad que facilita a las diócesis inscribir a su nombre los bienes que no estén registrados previamente a nombre de nadie; lo que se llama inmatriculaciones.

La buena noticia es que, de mantenerse el anteproyecto de ley tal como está, se habrá acabado con un privilegio que Aznar amplió en 1998 y que es contrario al espíritu aconfesional de la Constitución Española. Este otorga a los obispos la calidad de notarios para facilitarles la apropiación de cuantiosos bienes sin mayores trámites. La mala noticia es que para cuando tal privilegio desaparezca quizá sea ya demasiado tarde.

La Iglesia católica española ha disfrutado de este beneficio desde 1946. Casas rectorales, viñedos, olivares, atrios, solares, pisos y, desde la reforma de Aznar, iglesias, catedrales y ermitas han sido inmatriculadas a nombre de las diócesis. Se calcula que de esta manera en torno a 5.000 propiedades, edificios eminentemente públicos la mayoría (construidos casi siempre con aportaciones del pueblo), son ahora propiedad de la Conferencia Episcopal. El expolio ha sido cuantioso. Baste recordar que la mezquita de Córdoba es ahora propiedad de la Iglesia católica, que le ha cambiado el nombre (ahora se llama mezquita-catedral) y explota turísticamente el magnífico monumento.

Cuando la Iglesia católica pierda privilegios quizá ya no queden bienes de los que apropiarse
Las plataformas ciudadanas erigidas contra este sistema exigen que el final de esta ventaja se aplique con carácter retroactivo. Muchos regidores lo agradecerían. Decenas de alcaldes han descubierto con sorpresa al cabo de los años cómo la ermita del pueblo o el huerto que la rodeaba han dejado de ser del pueblo. Pero el Gobierno de Rajoy no solo desatenderá previsiblemente tal petición, sino que ha dado un plazo largo a los obispos para que sigan con sus prácticas: un año desde la aprobación de la reforma, que todavía tiene por delante un largo trámite parlamentario.

No todas las víctimas de los atentados del 11-M eran católicas. Aún así, el décimo aniversario de aquella tragedia se conmemoró con una misa oficiada por el arzobispo de Madrid Rouco Varela. El funeral de Estado de Adolfo Suárez tuvo el mismo formato. Hubo polémica y el PSOE ha pedido la regulación laica de los actos de Estado lo que los socialistas jamás se atrevieron a poner en marcha en sus casi veinte años de gobierno. Tampoco acabaron con los indultos que tradicionalmente se conceden a los presos con motivo de la Semana Santa y a petición de las cofradías. Este año han sido agraciados 21 por este sistema.

La Constitución Española demostró que había consenso social para terminar con los privilegios de la Iglesia católica. La sociedad y la ley exigen que la religión sea una cuestión íntima y que el Estado no favorezca a ninguna confesión. Pero aquí seguimos enredados en la asfixiante tradición porque desde 1978 no ha habido en España un solo Gobierno capaz de aplicar la neutralidad y la laicidad exigida a la cosa pública.

Fuente:
gcanas@elpais.es
http://sociedad.elpais.com/sociedad/201 ... 17760.html" onclick="window.open(this.href);return false;
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Shé
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Cuando no es a los bancos o a las grandes corporaciones, o favoreciendo ilegalmente y en total impunidad a los corruptos, es a la p iglesia.

Nos están desplumando entregando lo que nos queda como fruto de nuestro trabajo a los parásitos, pisoteando una constitución que ya de por sí no reflejaba una verdadera intención democrática y era sesgada en su protección de los privilegios de quienes históricamente en este país han vivido a costa del trabajo ajeno.

No era suficiente y ni siquiera cumplen lo que ellos mismos "pactaron".

Si no hay indicio alguno de que la Mezquita de Córdoba sea un monumento público, y en cambio el PP ve razones para que sea una pertenencia de la ICAR -mantenida con fondos públicos, eso sí- apaga y vámonos.

Cualquier cosa es posible. Incluso que a los ciudadanos se nos hinchen las narices y perdamos la compostura.
El Gobierno renuncia a la mezquita de Córdoba en favor de la Iglesia

Patrimonio considera que no hay “indicio alguno” de que el monumento sea público y pasa de puntillas sobre la constitucionalidad de su inmatriculación

PILAR ÁLVAREZ Madrid 9 MAY 2014 - 22:25 CET
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Mezquita de Córdoba. / GARCÍA CORDERO
La Mezquita de Córdoba se ha convertido en uno de los símbolos más visibles de la lucha de plataformas ciudadanas contra los privilegios de la Iglesia. Y en esa pelea, el Estado acaba de ponerse del lado de la jerarquía eclesiástica. La Dirección General de Patrimonio del Estado, encargada de la defensa de los bienes públicos, no considera que el Obispado de Córdoba haya “usurpado” los más de 22.000 metros cuadrados del monumento, como planteaba un particular en una denuncia que ha decidido archivar.

Patrimonio, dependiente del Ministerio de Hacienda, se coloca al margen del debate asegurando que de su investigación “no ha resultado indicio alguno de que dicho inmueble pudiese ser de titularidad de la Administración General del Estado”. Añade que el único “titular catastral” del monumento es el Obispado de Córdoba y pasa de puntillas sobre la constitucionalidad del artículo de la Ley Hipotecaria que convierte a los clérigos en una suerte de notarios.

El artículo 206 de esta norma franquista de 1946 les ha permitido inmatricular (registrar por primera vez) a su nombre miles de propiedades con un proceso sencillo que distintos expertos jurídicos consideran inconstitucional. La citada Ley Hipotecaria equiparó a la Iglesia con un funcionario para registrar propiedades. En 1998, el Gobierno de José María Aznar extendió este privilegio para que también pudiera aplicarse a los templos de culto. Desde entonces son miles las propiedades de todo tipo —cementerios, huertos, ermitas o catedrales— que han pasado a sus manos.

Solo en Navarra se han registrado 1.087 propiedades con esta fórmula, entre ellas la Catedral. Una estimación realizada por este periódico hace un año con fuentes cercanas al Registro de la Propiedad aludía a unas 4.500 en España, aunque la cifra real no se conoce porque el Gobierno no da datos.

En medio de este debate, en el que las plataformas ciudadanas piden el fin de esos privilegios con carácter retroactivo, el Ministerio de Justicia presentó en abril una reforma de la Ley Hipotecaria que elimina el artículo 206. Pero, además de los meses de tramitación que quedan por delante, ha fijado un año desde su publicación el Boletín Oficial del Estado (BOE) para que entren en vigor los cambios.

El Obispado de Córdoba registró la Mezquita en 2006 por 30 euros. A finales de 2013 un grupo de ciudadanos crearon una plataforma cívica para exigir que la titularidad y la gestión pasaran a manos públicas y tratar así frenar el intento del obispado de borrar las huellas islámicas del monumento (llegó a borrar el término mezquita de folletos y carteles). Otra Administración, la Junta de Andalucía, ha dado también algún paso en este debate y pidió un informe en febrero que le indique si es competente para pedir su gestión o la titularidad del monumento, declarado Patrimonio de la Humanidad hace 30 años.

La postura del Estado ha quedado definida por ahora en la respuesta a la denuncia de un particular, Fernando Jabonero, que acudió por su cuenta a la Dirección General de Patrimonio para denunciar la “usurpación” de este bien por parte de la Iglesia. Patrimonio le responde en un escrito fechado el 6 de mayo, haciendo suya la misma referencia histórica que usó el Obispado de Córdoba cuando inmatriculó la Mezquita a su nombre en 2006. Ambos citan que Fernando III el Santo decidió en 1236 que fuera “consagrada y convertida en Catedral”.

“El Código Civil no recoge la consagración de un bien como una de las fórmulas para adquirir una propiedad, eso es solo un acto religioso”, señala Isabel Urzainqui, abogada de la Plataforma de Defensa del Patrimonio de Navarra, el colectivo que ha sido referencia en esta batalla ciudadana contra la inmatriculación de más de un millar de propiedades en la Comunidad Foral y ha conseguido arrebatar algunas de ellas a la Iglesia. Urzainqui considera que los argumentos de Patrimonio para archivar la denuncia por la Mezquita son una “dejación del Estado por no defender un patrimonio público”.

El catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Pública de Navarra, Alejandro Torres, comparte que la postura del Estado incluye argumentos “más políticos que técnicos”. “Es sorprendente que el órgano que debe defender el patrimonio no se plantee la menor duda sobre la inconstitucionalidad” de las inmatriculaciones, añade. Patrimonio lo zanja señalando que no existe un pronunciamiento contrario del Tribunal Constitucional, que ni siquiera tiene encima de la mesa una petición para analizar este asunto.

“Deberíamos inundar con denuncias las Administraciones hasta que esto se pare"

P.Á.

Fernando Jabonero es un informático que nació hace 56 años en Pastrana (Guadalajara). En esta localidad de la Alcarria empezó su particular pelea quijotesca contra los privilegios de la Iglesia. Descubrió que el convento de Santa Teresa había sido registrado en 1999 por los frailes. Acudió indignado a la Abogacía del Estado para intentar que se diera marcha atrás. El asunto todavía colea. Cuando un grupo de ciudadanos se unieron para reivindicar la gestión pública de la Mezquita de Córdoba, Jabonero presentó por su cuenta una denuncia ante la Dirección General de Patrimonio por la “usurpación” del monumento por parte de la Iglesia. La respuesta no le ha convencido.

Pregunta. ¿Por qué denunció este asunto?

Respuesta. Veía por Internet mucho movimiento alrededor de este tema. Y tras mi experiencia con el convento de Pastrana, consideré que la única vía de intentar recuperar la Mezquita era presentar una denuncia en Patrimonio del Estado.

P. ¿La respuesta le ha convencido?

R. Me ha sorprendido por contradictoria. Por un lado, citan un informe de la Abogacía del Estado que dice que fue el Rey Fernando III quién decidió qué hacer con la mezquita. Es decir, fue el rey el que decidió sobre algo que era suyo y dejó a la Iglesia como gestora. Y luego añaden que no hay nada que hacer. Está llena de incongruencias.

P. ¿La presentó en solitario?

R. Sí, hacerlo solo tiene una ventaja y es que nadie te lleva la contraria. Llevo años investigando y consultando a amigos que conocen el tema y con el paso de los años he adquirido suficiente experiencia para elaborar los escritos y presentar los documentos.

P. ¿Considera que denunciar es una buena vía para los ciudadanos?

R. Lo que deberían hacer los ciudadanos es una revolución, inundar la Dirección General de Patrimonio con miles de peticiones, aburrir al poder hasta que tenga determinación y derogue el artículo de la Ley Hipotecaria que beneficia a la Iglesia. Debemos atosigar a la Administración para que trabaje al servicio del pueblo y no de los partidos y de los Gobiernos en las prerrogativas abusivas a la Iglesia Católica. Es increíble que se persiga más al ciudadano por una multa que a la Iglesia. Te rastrean durante años si no pagas mientras que en el caso de la Iglesia, le dejan que registre propiedades sin pruebas documentales o que campe a sus anchas.

P. ¿Va a responder al escrito de Patrimonio?

R. Estoy preparando una nueva denuncia argumentando que lo que me ha respondido es una broma pesada y no una verdadera argumentación. Desde el punto de vista político, los ciudadanos nos merecemos un esfuerzo mayor por parte de las Administraciones. Patrimonio debería indagar mejor para dejar esto claro y no darle carpetazo tan pronto. Al final resulta que los principales abogados de la Iglesia en todo lo que tiene que ver con sus privilegios y prebendas han sido los sucesivos Gobiernos del Estado.
El País, 9 de mayo 2014
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JohnyFK
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Conversando de este tema con mi padre me suelta la última excusa que se les ha ocurrido para negarse a anular la inmatriculación de la mezquita de Córdoba. Me quedé a cuadros cuando me dice que es un despropósito porque la indemnización sería carísima. ¿Cómo que carísima? Me informo (varios artículos como el que ha puesto vitriólico), y atónito compruebo que es la postura oficial del gobierno. ¿En serio? ¿Indemnizar? ¿Es que es suya? Lo están planteando como si fuera suya por derecho. Es como si un ladrón te robara y encima le tienes que indemnizar por devolverte lo que es tuyo. ¿Es que estamos gilip*llas?

Estos del PP son unos maestros en hacerse los tontos. Ya veréis como al final se expropia con una indemnización millonaria del presupuesto del estado, cuando el robo que ha hecho la ICAR a la ciudadanía le ha costado solamente 30€. Así los asfixiara Monesvol a todos estos desgraciados con sus tentáculos tallarinescos.
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Vitriólico
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

Mensaje sin leer por Vitriólico »

JohnyFK escribió:Conversando de este tema con mi padre me suelta la última excusa que se les ha ocurrido para negarse a anular la inmatriculación de la mezquita de Córdoba. Me quedé a cuadros cuando me dice que es un despropósito porque la indemnización sería carísima. ¿Cómo que carísima? Me informo (varios artículos como el que ha puesto vitriólico), y atónito compruebo que es la postura oficial del gobierno. ¿En serio? ¿Indemnizar? ¿Es que es suya? Lo están planteando como si fuera suya por derecho. Es como si un ladrón te robara y encima le tienes que indemnizar por devolverte lo que es tuyo. ¿Es que estamos gilip*llas?
Eso es interesante.
Porque si se denosta con toda razón que la Iglesia haya obtenido la propiedad de una mezquita no realizada por ella -aún lamentablemente reformada y usurpada- en el siglo XIII por designio real (en caso de demostrarse, claro), se tendría que poner en cuestión gran parte de la propiedad en España, si no toda. Para empezar, la propiedad de toda la descendencia de la "nobleza" (con comillas por innoble), tomada por la fuerza de las armas usualmente u otorgada por el rey de turno -como sería este mismo caso-. La Casa de Alba, la primera.
¿A que molaría?

Pero, en la práctica, más sencilla es otra cosa: supresión de subvenciones a las religiones y obligación de mantener el patrimonio histórico artístico a expensas del propietario. En caso de incumplimiento, cesión obligatoria al Estado.

Cuestión distinta es la apropiación de bienes sin dueño concreto ni demostración de propiedad, amparados en el privilegio eclesial de ser fedatarios públicos.
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eduardo dd
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Interesante camino:

La plataforma de la Mezquita inicia el camino hacia el Tribunal Europeo

La asociación pide al Parlamento andaluz que recurra por inconstitucional la ley Hipotecaria que permitió a la Iglesia registrar el monumento a su nombre

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http://ccaa.elpais.com/ccaa/2014/05/16/ ... 42078.html
La Plataforma Mezquita-Catedral, Patrimonio de Todos ha iniciado un camino que, en caso de que las instituciones españolas no atiendan a sus demandas, le llevará ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. “Hemos entregado al presidente del Parlamento andaluz, Manuel Gracia, un informe que prueba la grave amenaza que sufre la imagen y la integridad de la Mezquita-Catedral de Córdoba como consecuencia de la gestión lesiva del Obispado, que pretende borrar el nombre de la Mezquita y la memoria andalusí del monumento”, explicó este viernes en Sevilla Miguel Santiago, portavoz de la asociación ciudadana, que también presentó a Gracia las cerca de 366.000 firmas reunidas en apoyo a la demanda de titularidad pública del conjunto.

“Este es el comienzo del camino y somos optimistas. De momento, el presidente del Parlamento hará llegar nuestra petición a todos los grupos políticos de la Cámara, con los que nos reuniremos, por separado, en junio. El siguiente paso es que se debata en el Parlamento nuestra propuesta de inconstitucionalidad de la reforma de 1998 de la ley Hipotecaria, norma que dio vía libre a la Iglesia Católica para inscribir como suya la Mezquita en el Registro de la Propiedad. Si se aprueba, el recurso llegaría al Congreso, que es nuestro objetivo. Pero si la petición se queda por el camino, estamos dispuestos a llegar al Tribunal de Estrasburgo”, explica Santiago.

“La Mezquita-Catedral es un monumento que por su excepcionalidad precisa de un estatuto jurídico singular que respete el uso litúrgico católico y lo haga compatible con una gestión cultural y económica que obedezca a criterios aconfesionales, científicos y transparentes”, dice el escrito elaborado por la plataforma.

La asociación ciudadana, que en ningún momento se muestra contraria a “los derechos de uso que la Iglesia católica históricamente ostenta”, solicita al Gobierno andaluz que encargue un informe técnico al Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (Icomos), una organización que asesora a la Unesco en materia de conservación del patrimonio mundial, para que inspeccione “sobre el terreno” las anomalía que se producen en el monumento, declarado Patrimonio Mundial por la Unesco en 1984, una catalogación que se extendió 10 años después al centro histórico de Córdoba.

Además, pide que se examinen los folletos que distribuye el Obispado porque incluyen “una clara adulteración de la historia y una intolerable amputación del arte, arquitectura y herencia andalusí de un monumento que es la más importante joya del legado hispano-musulmán de Occidente”. Así como la cartelería y señalística, el espectáculo nocturno confeccionado por la Iglesia, los vídeos, audioguías para los visitantes e, incluso, el control ideológico que los prelados ejercen sobre el medio centenar de guías turísticos que trabajan en el monumento.

La propuesta de Mezquita-Catedral, Patrimonio de Todos es que el conjunto tenga una “gestión pública, profesional y transparente” en la que “la difusión histórica, artística, arquitectónica y cultural de la Mezquita-Catedral esté dirigida por un órgano público que garantice un relato científico y riguroso de su historia”.

Otra de sus demandas es que la gestión cultural del espacio no litúrgico se haga “con criterios profesionales y bajo una estrategia diseñada por el órgano público nombrado al efecto” y que “los recursos económicos que genere el monumento sean administrados por un ente público y conforme a la regulación tributaria correspondiente, sin perjuicio de los derechos que puedan corresponder al Cabildo derivados del uso de la catedral”.

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Vitriólico
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Es la única esperanza de todo esto; que los tribunales europeos consideren ilegal que los obispos sean fedatarios públicos. Pero no albergo demasiadas esperanzas porque últimamente estos tribunales no se meten con cuestiones que tengan que ver con la religión, dejando hacer a los países.
Tampoco parecen darse cuenta de la importancia democrática de la laicidad, al parecer. Es desmoralizante viniendo de Europa.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!

"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.".
(Proverbio árabe).

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Shé
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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Mucho.

Sobre todo viendo cómo la Europa de ayer está dando paso a esa "nueva" en la que los mercados arrasarán con todo lo que queda en ese espejismo de libre mercado que tanto defienden los liberales, los de ayer y los de hoy.

Las religiones no son un problema para ellos. Lo serían si predicaran contra el consumismo y el abuso de poder como lo hacen contra el aborto y la investigación científica -véase células madre, por ejemplo-. Pero no, los clérigos siempre han sabido arrimarse al poder. Es una simbiosis asquerosa y bien poco ejemplar, pero no importa con tal de seguir viviendo del cuento y, como en el caso que nos ocupa, robando el patrimonio a la gente que lo ha construido y lo mantiene. Y encima seguimos pagando el mantenimiento.

En cualquier caso, la cosa había pasado desapercibida hasta que, en 2007, IU presentó una iniciativa en el Parlamento Foral de Navarra y se tuvo una estimación del número de inmatriculaciones. Nació la Plataforma por la Defensa del Patrimonio Navarro que inició la campaña contra estos actos de auténtica rapiña. Para conocer las cifras actualizadas hay que ir registro por registro buscando datos, algo imposible.

Hasta 2010 los medios de comunicación callaron como muertos.

Hoy es un escándalo conocido, pero los medios se limitan a publicar algo de vez en cuando, y no hay un debate real en la calle.

La Plataforma no está precisamente aplaudiendo de alegría ante el anunciado cambio de la Ley Hipotecaria:
“La Iglesia va a rematar la faena de las inmatriculaciones”

El portavoz de la Plataforma dedica su tiempo libre a reivindicar que el patrimonio popular esté en manos públicas

JAVIER DORIA Pamplona 21 ABR 2014 - 20:53 CET93

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Carlos Armendáriz. / JOSU SANTESTEBAN
La Plataforma en Defensa del Patrimonio Navarro fue la primera asociación creada para denunciar que la Iglesia estaba poniendo a su nombre cientos de bienes inmuebles sin propietario oficial. Desde 2007, año en que se constituyó, ha logrado la adhesión de más de 200 Ayuntamientos de distinto signo político y del Parlamento Foral para su doble objetivo de modificar una Ley Hipotecaria que privilegia a la Iglesia y recuperar para los pueblos los bienes “expoliados”. En 1998, el Gobierno de José María Aznar (PP) amplió este privilegio para incluir los templos de culto. Solo entre 1998 y 2007, el Arzobispado inmatriculó 1.089 bienes en distintos municipios navarros.

Carlos Armendáriz (Villava-Atarrabia, Navarra, 1936) es portavoz de la Plataforma. Con estudios de seminario, su vida laboral se desarrolló detrás del mostrador de una conocida tienda de juguetes de Pamplona. Ahora, jubilado, dedica su tiempo libre a reivindicar que el patrimonio popular esté en manos públicas, aunque lamenta que los jóvenes no se interesen por ello.

Pregunta. El pasado 12 de abril el Consejo de Ministros eliminó de la Ley Hipotecaria la equiparación de los obispos con funcionarios, un privilegio que otorgaba a la Iglesia la posibilidad de inscribir, sin prueba alguna, bienes a su nombre. No obstante, ofrece una moratoria de más de un año hasta extinguir esa práctica. ¿Satisfechos?

Respuesta. Es una satisfacción a medias. Hemos logrado derribar un muro que parecía indestructible y se ha conseguido gracias al trabajo de las plataformas y, sobre todo, al apoyo de muchos ciudadanos que han obligado al Gobierno a eliminar ese privilegio, aunque la reforma de la Ley Hipotecaria está hecha con otra intención. Acabar con el artículo 206 de esa ley ha sido nuestro objetivo desde el principio y hemos escuchado acusaciones muy duras desde el ámbito clerical, como “laicistas descendientes de matacuras y quema conventos” o “movimiento de desharrapados”. Sin embargo, en todos los pueblos a los que hemos ido a ofrecer charlas nos han recibido de buen grado.


“No decimos que los templos no sean para el culto, pero sí que sean públicos”

P. La reforma no derogará de inmediato ese privilegio.

R. Nos preocupa esa moratoria de un año tras la entrada en vigor. Hay en la plataforma gente tan buena que cree que si el Gobierno ha visto que la ley estaba mal hecha, la Iglesia no será capaz de seguir inmatriculando bienes, que no se va a atrever. Otros pensamos que sí se va a atrever y que tratará de rematar la faena de las inmatriculaciones. En 2007, el entonces arzobispo de Pamplona, Fernando Sebastián, ahora cardenal, ya marcó claramente cuál es su idea. Dijo que los templos son propiedad del pueblo, que los edificaron los creyentes para sentir con fuerza la presencia de Dios en la Tierra. Con Sebastián al frente fue cuando se inició la fiebre por inmatricular, así que queda claro que ellos se ven como Dios en la tierra. Nosotros no decimos que las iglesias no deben ser para el culto. Queremos que ocurra como en Francia, que son propiedad pública. Curiosamente allí siempre están bien cuidadas y abiertas todo el día. Aquí están cerradas y nadie te deja la llave.

P. ¿Cómo ha ido hasta ahora el proceso para la devolución de los bienes inmatriculados por la Iglesia a los municipios?

R. Depende del tipo de demanda judicial. Había casos en los que el Arzobispado inscribió inmuebles que ya estaban registrados a nombres de entidades públicas. Cuando se daban esas dobles inmatriculaciones, las entidades locales ganaban en los tribunales. Sin embargo, cuando los bienes no estaban registrados, todas las demandas han dado la razón a la Iglesia. En este caso, los municipios están en inferioridad de condiciones, porque tienen que demostrar que fueron los vecinos quienes construyeron una iglesia o la casa parroquial y en muchos casos de eso hace siglos.

P. En algunas ocasiones la Iglesia ha devuelto algo inmatriculado.

R. Eso ha ocurrido con ermitas o iglesias en ruinas. Cuando los Ayuntamientos han expedientado al Arzobispado y le han requerido que restaure sus bienes por amenaza de ruina, han optado por devolverlos a los pueblos. Decía: “Ahora parece que se preocupan por su patrimonio”.


“Hay quien piensa que esto cambiará con este Papa. Yo no lo creo”

P. ¿Se puede dar la vuelta a esta situación?

R. Solo en Navarra se han producido más de 1.000 inmatriculaciones en nueve años por lo que el proceso de reversión solo se puede hacer mediante una vía política, como este cambio legal. Las reclamaciones individuales son inviables. El cambio de la Ley Hipotecaria es solo la mitad del camino, ahora queda la reversión de las propiedades a los pueblos.

P. ¿Tienen una estimación del total de inmatriculaciones?

R. La cifra de Navarra la logramos mediante una iniciativa de IU en el Parlamento foral. No obstante, en el Congreso se ha intentado dos veces y en ambas el Gobierno respondió negativamente. En una diciendo que no era competencia del Ministerio de Justicia y en otra escudándose en la Ley de Protección de Datos, algo muy extraño teniendo en cuenta que una de las funciones principales de los registros de la propiedad es la publicidad de sus datos. EL PAÍS dio una estimación de 4.500, pero creemos que son muchísimas más.

P. ¿Qué tipo de bienes son los que se ha inscrito la Iglesia?

R. En Navarra, la gran mayoría son iglesias, ermitas o basílicas. Hay también más de 150 fincas, terrenos o campos de cultivo, así como casas parroquiales o locales y hasta ocho cementerios. Incluso tienen registrado un frontón, el de Lizoain, que está adosado a la iglesia.

P. ¿Qué interés tiene la Iglesia en estas operaciones? Suelen decir que preservan el patrimonio.


R. Básicamente inmobiliario, nada que ver con el espíritu evangélico. Hay casas parroquiales alquiladas a inquilinos que pagan su renta. Hace poco estuve en Aoiz en un local parroquial que está alquilado a un guarnicionero, por ejemplo. Las catedrales de Pamplona y Tudela o el cerco medieval de Artajona están rehabilitados con dinero público pero explotados turísticamente por el Arzobispado. Incluso, el claustro de Pamplona, que se inmatriculó en 2007, se alquila para banquetes de bodas.

P. ¿Cree que esto va a cambiar de algún modo?

R. Hay quien piensa que con el actual Papa, que es muy abierto y exigente, pueden producirse cambios y que les dirá a los obispos que devuelvan estas propiedades que no son suyas. No lo creo, ni este ni ningún Papa va a decir eso por ahora.

P. ¿Cómo ha sido la reacción política con este fenómeno?

“Ni el PP ni el PSOE han hecho nada cuando han estado en el Gobierno”

R. A nivel nacional, ni PP ni PSOE han hecho nada hasta ahora mientras han estado en el Gobierno. Sí hubo un compromiso por parte del PSOE poco antes de acabar el mandato de Rodríguez Zapatero, pero no llegó a término. En Navarra, el Parlamento sí se ha comprometido con este problema. Incluso, hace año y medio aprobó pedir al Congreso la retirada del artículo 206 y exigió al Gobierno navarro la realización de un inventario de los bienes inmatriculados. Ese mandato no ha sido cumplido aún por el ejecutivo (de UPN).

P. ¿Es un paso positivo en este sentido el intento en Andalucía para recuperar la Mezquita de Córdoba por parte de las plataformas ciudadanas?

R. Sin duda, aunque no sabemos si la Junta tendrá fuerza como para afrontar este problema con la intensidad necesaria. Tenemos mucha relación con la plataforma que pide la titularidad pública de la Mezquita y es un movimiento muy activo. Tiene que ser una reclamación popular y amplia y que luego los políticos la escuchen.

Una ley franquista ampliada por Aznar

La ley Hipotecaria de 1946 otorgaba a los obispos la capacidad de registrar para la Iglesia cualquier propiedad sin dueño oficial. Bastaba para ello ls palabra del diocesano.

Los templos de culto quedaban fuera de este privilegio, pero Aznar lo permitió en 1998. Ermitas, iglesias y catedrales en número desconocido se han inmatriculado desde entonces.
El País, 20 de abril 2014
Por un mundo más libre y con menos hipocresía, asóciate: https://iatea.org.es/asociarse.php

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Vitriólico
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La Iglesia privatiza las iglesias


La Dirección General del Patrimonio, dependiente del Ministerio de Hacienda, en una resolución del pasado 5 de mayo decidió no admitir la denuncia de un particular contra la “usurpación” que suponía la inscripción por la Iglesia de la Mezquita de Córdoba. Ello supone una renuncia del Estado a disputar la titularidad de este monumento nacional a la Iglesia católica. Este caso del que recientemente se han hecho eco varios medios de comunicación, es el más emblemático de una cuestión que data de hace más de una década. En 1998 una modificación en el Reglamento Hipotecario permitió la entrada en el Registro de bienes que, con anterioridad, estaban exceptuados de la inscripción, como era el caso de los templos destinados al culto católico. La Iglesia española desde entonces se ha afanado en inscribir a su nombre varios miles de inmuebles, valiéndose, y aquí radica el problema, de un medio extraordinario previsto en el artículo 206 de la Ley Hipotecaria en su redacción de 1946.

En ese artículo se extendió a los obispos, en nombre de las entidades de la Iglesia Católica, la facultad de expedir certificaciones de dominio de algunos inmuebles. Tales certificaciones son unos documentos que, según la Ley Hipotecaria, expiden los funcionarios públicos incorporados a las entidades públicas para acreditar la titularidad de los inmuebles pertenecientes a estas entidades. La inmatriculación, esto es, el acceso por primera vez al registro de una finca, por medio de estas certificaciones supone un procedimiento excepcional y subsidiario que sólo puede utilizarse si no hay título escrito de dominio. La asimilación del diocesano al funcionario supone la conservación de un privilegio de dudosa constitucionalidad sobre un mecanismo en sí mismo ya extraordinario. Pese a ello, los poderes públicos, sea por dejadez o por convencimiento, no han sometido nunca el precepto al juicio del Tribunal Constitucional.

El debate se ha trasladado del terreno de la constitucionalidad de esta normativa al de los fundamentos históricos del dominio sobre estos inmuebles. Un ejemplo es el buzoneo de 100.000 folletos mediante el que el Cabildo de la Catedral de Córdoba ha tratado el 28 de mayo de informar a los vecinos de la verdadera historia de la Mezquita. La Iglesia viene a decir que a través de la inmatriculación facilitada por la certificación del obispo no se produce expropiación alguna, sino que sólo se hace constar en el Registro lo que “siempre” fue “suyo”. La certificación del dominio de la Iglesia sobre “sus” bienes y su acceso al Registro no haría otra cosa que adecuar la realidad jurídica a la realidad registral, afirmándose que dicho privilegio no data de una reforma franquista —para quizás dotarlo de alguna legitimidad—, sino que ya se encontraba en los orígenes del establecimiento del sistema de publicidad inmobiliaria en España. Concretamente de un decreto de 1863, que trataba de fomentar el acceso de los bienes inmuebles al Registro en un contexto en el que los interesados, o eran remisos a la inscripción, o carecían de los títulos que le habilitaban para ello, indicándose que se permitió también a la Iglesia recurrir a esta fórmula extraordinaria —la certificación de dominio— porque compartía con el Estado la circunstancia de ser titular de un inmenso patrimonio. Si la Iglesia hubiera tenido que recurrir a un procedimiento judicial para acreditar cada uno de sus bienes, la puesta en marcha del sistema de publicidad inmobiliaria se habría eternizado. En pocas palabras, no serían razones de confesionalidad del Estado, sino de orden práctico las que llevaron a extender a los obispos la posibilidad de certificar la titularidad sobre sus bienes.

Antes de 1998, desde la perspectiva de la Iglesia había motivos para reclamar contra el trato discriminatorio, respecto de otras confesiones, que suponía el hecho de que no se le permitiese la inmatriculación, por medio alguno, de unos bienes que consideraba suyos, como los destinados al culto. A través de la certificación de dominio el diocesano no haría más que formalizar en un “instrumento público” una situación “de hecho”. La presunción de dominio se basaría, entre otras, en razones históricas como la que ha manejado la Iglesia, y que la Administración, en esa resolución de la Dirección General de Patrimonio, haciendo suyo el informe de la Abogacía del Estado de 11 de abril, ha considerado de recibo para probar el dominio de la Mezquita de Córdoba: la decisión de Fernando III, el Santo, en 1236, para que dicha Mezquita se consagrase como Catedral.

Pero, la interpretación histórica sobre la que la Iglesia sostiene sus pretensiones para la inmatriculación puede ser contestada con otros motivos. Primero, no parece plausible el argumento que habla de la excepcional situación de Estado e Iglesia como titulares de grandes patrimonios como fundamento del privilegio contenido en el art. 206 de la Ley Hipotecaria, argumento que da por supuesto algo que forma parte del mismo problema: que la Iglesia fuera titular de ese patrimonio. Aun dando por bueno ese argumento consistente en las dificultades de una masiva inmatriculación de los bienes de la Iglesia, hoy dejaría de ser de recibo. Segundo, sí que existe una diferencia sustancial entre la normativa de 1863 y la de 1946, consistente en que en 1863 podía aceptarse el extraordinario mecanismo de la certificación porque a su través sólo se acreditaba la “posesión” del inmueble, y así accedía al Registro. Tras la reforma de la Ley Hipotecaria de 1946 esas certificaciones sólo podían ser de dominio, porque desde entonces se estableció con carácter general que la “posesión” dejara de acceder al Registro. Las inscripciones derivadas de unas y otras certificaciones podrían ser desvirtuadas judicialmente por quien sostuviera un mejor derecho, pero normalmente, es mayor la exigencia para atacar la presunción de dominio que la de la posesión sobre un bien.

Los partidarios de la constitucionalidad del privilegio aducen que, en todo caso, esta diferencia sería en la práctica irrelevante o accesoria, pues aunque sólo acreditase la posesión, y no el dominio, dicha posesión o, para entendernos, esa situación de hecho, acompañada de otros requisitos (hacerlo como dueño, de forma pacífica, ininterrumpida, durante 30 años) serviría para adquirir el dominio. En este terreno, convendría examinar si en gran parte de las solicitudes de inmatriculación que la Iglesia ha promovido desde 1998 se dan estos requisitos. La cuestión fundamental sería: la Iglesia en algunos casos no tiene otro título que la posesión de los templos, pero, en estos casos, ¿lo hace como dueña?

En 1860 los templos destinados al culto católico quedaron fuera de la desamortización. Pero, como sucediera con los bienes de dominio público o los destinados a un uso o utilidad pública, los templos no eran en 1915 ni en 1947 bienes susceptibles de acceso al Registro. La Iglesia podía creer que la constante excepción se basaba en que los templos destinados al culto eran bienes fuera del comercio de los hombres, cosas sagradas por un derecho canónico que, en los regímenes confesionales, se consideraba que integraba el ordenamiento jurídico. Ése fue el argumento sostenido por la Iglesia Católica para recurrir en casación la nulidad de la inscripción que un particular había hecho de una capilla. Pero el Tribunal Supremo en sentencia de 28 de diciembre de 1959 lo rechazó con el fundamento de que el destino del culto de un inmueble no determinaba su titularidad.

La verdadera razón para la excepción a la inscripción de los templos se fundaba en que esos inmuebles estaban afectos a una suerte de servicio público, el culto, gestionado por la Iglesia. Pero la gestión de ese servicio no determina la titularidad sobre los inmuebles. La Iglesia, en modo alguno, puede considerar que, sólo por el hecho de que un inmueble se haya destinado al culto, su posesión lo sea como “dueña”. En los reglamentos hipotecarios de 1915 y 1947 también se establecía que si estos bienes de dominio público, destinados a un uso o utilidad pública, o templos destinados al culto “cambiara de destino adquiriendo el carácter de propiedad privada” se llevaría a cabo la inscripción con arreglo a esas disposiciones reglamentarias.

Pero en 1982 la Dirección general de Registros y en 2003 la Audiencia Provincial de Navarra dictaron sendas resoluciones en sentido opuesto al seguido por el Tribunal Supremo en 1959 sobre la relevancia del culto para probar la pertenencia de un inmueble. En la primera se decía que la notoriedad de su carácter católico y su uso general o común hacían innecesaria la inscripción. La sentencia de la Audiencia señalaba que la notoriedad de su destino, como templo destinado al culto católico, permite afirmar su pertenencia a la Iglesia sin necesidad de inscripción registral. La Abogacía del Estado, y la Dirección General de Patrimonio, en 2014, han preferido seguir esta doctrina a la del Tribunal Supremo.

El mismo día que la Abogacía del Estado evacuaba su informe en el caso de la Mezquita, el Consejo de Ministros aprobaba un anteproyecto de ley que elimina el privilegio contenido en el art. 206 de la Ley Hipotecaria, igualando a la Iglesia con el resto de particulares en la forma de lograr la inscripción de los bienes que posee. La combinación de la doctrina contenida en ese informe y de la letra de la futura ley, permitirá a la Iglesia en muchas ocasiones la directa apropiación, como propiedad privada, de unos inmuebles sobre los que históricamente sólo han gestionado algo parecido a un servicio público.


Fernando Martínez Pérez
Profesor Titular de Historia del Derecho en la UAM

Firman el contenido de este artículo:
Gregorio Tudela, Elena García Guitián, Antonio Arroyo, Esther Gómez Calle, Blanca Mendoza, Borja Suárez, Ignacio Tirado, Mercedes Pérez Manzano, Liborio Hierro y Yolanda Valdeolivas
Profesores de la Facultad de Derecho de la UAM.

Fuente: http://blogs.publico.es/dominiopublico/ ... -iglesias/" onclick="window.open(this.href);return false;
18 jul 2014
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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www.laicismo.orgeuropalaica@europalaica.org
Comunicación
Madrid, 30 octubre 2014

LAS INMATRICULACIONES HECHAS POR LA IGLESIA CATÓLICA,
PUEDEN SER CONSIDERADAS COMO UN SISTEMA CORRUPTO MÁS


Europa Laica apoya la iniciativa de las Plataformas “Mezquita-C de Córdoba” y “de Defensa Patrimonio Navarro” a reunirse hoy, 30 de octubre, en el Congreso de los Diputados con representantes de los grupos Socialista, Izquierda Plural y Mixto, para informarles de la gravedad de las apropiaciones llevadas a cabo por la iglesia católica, empleando normas de presunta inconstitucionalidad (Ley Hipotecaria) y denunciar, al mismo tiempo, la amnistía que el partido Popular prepara con la nueva Ley, cuyo proyecto está en el Parlamento.

Cuando la corrupción nos inunda, como si se tratara de un enorme maremoto dejando a la ciudadanía al desnudo, exhausta, harta… Cuando el esclavismo laboral aumenta, cuando se pierden derechos civiles de todo tipo y las privatizaciones de servicios públicos se amontonan…

…Pasa desapercibida que la “corporación católica”, gran beneficiaria de las privatizaciones en Educación y Sanidad, no sólo recibe del Estado más de once mil millones de euros anualmente en subvenciones directas y exenciones tributarias, sino que actúa, además, como un presunto “cartel ilícito”, que ha venido usurpando bienes que no eran suyos, desde hace años, como venimos denunciando machaconamente, consecuencia de una ley que le otorga, como lo era en el Estado nacional-católico, consideración de entidad pública y, en la democracia, con una grave connivencia de los poderes públicos, que “miran hacia otro lado”.

Estamos ante una cuestión política. Ante una presunta corrupción más. Y es en el ámbito de la política donde se ha de resolver: Todos los actos registrales, miles, que se han hecho en todo el Estado, utilizando una norma ilícita franquista se han de anular.

Y ha de ser el Parlamento quien lo haga en el marco de una nueva ley o con una ley específica. Es posible. Cualquier otra iniciativa puede correr muchos riesgos que puede consolidar una situación anacrónica e injusta hecha por un presunto cartel, formado por la iglesia católica y algunos políticos y funcionarios públicos.

De ahí nuestro llamamiento para que sea desde la política, desde donde se actúe contra esta impunidad presuntamente delictiva.


Nuestro documento de análisis se puede ver en: http://laicismo.org/detalle.php?pk=29877&tp=ds" onclick="window.open(this.href);return false;
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Re: A desregistrar, a desregistrar que esa casa es nuestra..

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La mezquita de Córdoba y la reamortización de Mendizabal

Dios no sólo está en los pucheros, como intuía Teresa de Jesús. También debe encontrarse en los frontones, en los garajes o en innumerables bienes, incluidos los templos, que la Iglesia Católica ha ido inmatriculando a su nombre en nuestro país, durante los últimos años y a partir de unas leyes franquistas que la nueva Ley Hipotecaria pretende eliminar.

Se trata de una formidable reamortización del patrimonio eclesiástico que sigue el camino contrario al que fijó en 1836 la llamada desamortización de Juan Álvarez Mendizabal por mucho que la expropiación de bienes de la Iglesia que se practicó entonces terminara beneficiando a ricachos y caciques que pudieron hacerse con la propiedad de los mismos por encima de los intereses públicos.

La Santa Madre no sólo se contenta con no pagar el IBI por sus propiedades en nuestro país, constituyendo una formidable exclusión fiscal que permite la opulencia de la jerarquía frente a las estrecheces que pasan algunas de sus organizaciones afines, como Caritas, para plantar cara a la miseria creciente. Una auditoría interna permitiría calibrar el alcance de esa paradoja hipócrita que, en las últimas semanas, se ha incrementado con una campaña mediática para recabar mayores donativos a las parroquias, más allá del trato de favor que la Iglesia recibe en la declaración del impuesto sobre la renta en este país supuestamente aconfesional.
Esta misma semana, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Etrasburgo ha dado la razón a la empresa ganadera Sociedad Anónima de Ucieza, radicada en Palencia, en un pleito que anteriormente perdieron ante el Supremo y el Constitucional. Y es que el obispado registró a su nombre un templo cisterciense, un molino de agua y una sacristía que formaron parte del monasterio de Santa Cruz de la Zarza pero que se encontraban en una finca de su propiedad, desde 1978, tal y como figuran en los documentos de adquisición de la finca. Para el tribunal europeo, se ha vulnerado el principio de igualdad de trato y defensa de la propiedad privada, que tanto enorgullece en nuestro país a algunos de los cruzados contra Podemos.

La Ley Hipotecaria de 1946 –promulgada en pleno franquismo y que ahora se encuentra en proceso de modificación por parte del Gobierno español—permite inscribir a nombre de la Iglesia bienes eclesiásticos que no se encuentren escriturados por terceros. No era este el caso. Y pudiera no ser el único, a tenor de que como denuncia Europa Laica, más de cinco mil bienes habrían sido modificados por este procedimiento en la tierra de María Santísima y del supuesto Apóstol Santiago. Entre otras propiedades en todo el país, en dicho afán de apropiación destacan monumentos públicos como la Mezquita de Córdoba o la Giralda de Sevilla. En esta última ciudad, apenas ha existido protesta alguna por el hecho de que la torre de la mezquita mayor de dicha ciudad, con su remate cristiano, sea prácticamente considerada como el simple campanario de la Catedral que se levantó sobre el anterior templo islámico. Sin embargo, en Córdoba la sociedad civil se ha movilizado a través de una plataforma que se ha quedado prácticamente sola esta semana a la hora de conmemorar el trigésimo aniversario de la declaración de la Mezquita como patrimonio de la humanidad, por parte de la Unesco. Como tal aparecía en la declaración, pero ahora, tras su inmatriculación, sólo se le reconoce ya oficialmente como Catedral.

Concentraciones pacíficas, conferencias y debates pretenden presentar batalla al monopolio cordobés que el obispado pretende ejercer sobre un conjunto monumental restaurado por la Junta de Andalucía y del que la Iglesia obtiene pingües beneficios por su crucial atractivo turístico. Ya hace un año los promotores de esta iniciativa auspiciaron la firma de un manifiesto que secundaron Antonio Gala, Eduardo Galeano, Federico Mayor Zaragoza y un sinfín de voces escandalizadas por ese monumental escarnio a lo que debiera ser patrimonio colectivo. En dicho escrito, los firmantes reclamaron la intervención de las administraciones públicas y de la Unesco para que deje de emplearse institucionalmente solo el término Catedral para referirse a dicho enclave: “Mezquita de Córdoba es su designación popular, universalmente conocida y la empleada por la Unesco al declararla Patrimonio Mundial en 1984. La simbólica de Mezquita-Catedral, acordada por unanimidad en pleno municipal como representante de la ciudadanía de Córdoba, define con exactitud su esencia y realidad arquitectónica”.

Sin embargo, el meollo de dicho escrito que ha tenido más difusión internacional que a escala estatal, a pesar de estar avalado por doscientas mil firmas, se centraba en “el reconocimiento jurídico de su titularidad pública”. “La Mezquita-Catedral es propiedad de la ciudadanía, Bien de Interés Cultural, Monumento Nacional y Patrimonio Mundial. Cualquier acto de apropiación privada carece de valor jurídico al tratarse de un bien de dominio público”.

También se demandaba “la gestión pública y transparente de la Mezquita-Catedral”, actualmente en las exclusivas manos del Obispado.
“Su inmensa dimensión cultural, simbólica y patrimonial debe ser administrada por un patronato público con criterios ajustados a su universalidad, garantizando la transparencia en todos los aspectos de su gestión, incluida la económica, y la difusión histórica, artística y arquitectónica con pautas estrictamente científicas”.

Ni siquiera reclaman la utilización ecuménica del monumento en el que se ha llegado a detener a musulmanes por intentar practicar sus ritos en el interior del mismo. No es ese el núcleo del debate que se plantea sino que, a tenor del citado manifiesto, tan sólo se persigue la redacción de un Código de Buenas Prácticas para su uso: “Por consenso entre las administraciones públicas, académicas, ciudadanas y la Unesco, para evitar acciones que perjudiquen tanto a la imagen y significado del monumento, como a los intereses generales de Córdoba, Andalucía y España, al ser uno de los tres monumentos más visitados del Estado”.

Hasta ahora, la Unesco o el Consejo Internacional de Monumentos y Sitios (ICOMOS) se han lavado las manos y han dejado esta cuestión para que se resuelva en la esfera local, en tanto en cuanto no afecte a la preservación del conjunto arquitectónico propiamente dicho. Y las instituciones tampoco han movido ficha, salvo el Parlamento de Andalucía que aprobó una moción contra las inmatriculaciones eclesiásticas a granel pero no elevó un recurso de inconstitucionalidad sobre las mismas. Desde el Gobierno central, hace unos meses, el ex ministro Alberto Ruiz Gallardón auspició la modificación del artículo 206 de esa controvertida Ley Hipotecaria para evitar estas prácticas en el futuro, pero reconociendo las que ya se han llevado a efecto y estableciendo además un periodo de carencia que podría propiciar la consolidación de este saqueo en los próximos meses.

Tan sólo en Navarra, entre 1998 y 2007, el Obispado se hizo con 1.000 propiedades. En su descargo, dicho Obispado se amparaba en los artículos 18 y 19 del Reglamento Hipotecario, que establecen que “la inscripción de los bienes de la Iglesia católica tiene el mismo régimen legal que la inscripción de los bienes del Estado, se pueden inmatricular de la misma forma y con idéntica tramitación”, O sea, que la España democrática, la Iglesia Católica sigue teniendo la misma potestad que el Estado, la provincia, el municipio y las Corporaciones de Derecho Público o los servicios organizados que forman parte de la estructura política del Estado. Y todo ello, antes del Concordato con la Santa Sede, en vigor desde 1953, y que ningún partido gobernante ha sido capaz de denunciar hasta ahora. Según dicho privilegio, se puede inscribir “los bienes inmuebles que les pertenezcan mediante la oportuna certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los mismos, en la que se expresará el título de adquisición o el modo en que fueron adquiridos”. ¿Qué funcionario lo haría en el caso de la Iglesia? El Obispo, propiamente dicho, o en su caso el Secretario-Canciller de la diócesis. La Constitución de 1978 habría bastado para erradicar esta práctica pero nadie la ha hecho valer desde entonces. Apenas un mes más tarde de la promulgación de nuestra Carta Magna, se firmó el Acuerdo sobre Asuntos Económicos de la Iglesia Católica española. Fue suscrito entre nuestro Gobierno y la Santa Sede a 3 de enero de 1979, y en el mismo se establece la exención de impuestos y la financiación complementaria de dicha confesión religiosa, lo que viene a suponer alrededor de 3.300 millones de euros cada año, de los que más de cien millones provienen directamente de los Presupuestos Generales.

El Obispado de Navarra, justifica cínicamente la prerrogativa de las inmatriculaciones eclesiásticas con las siguientes palabras, que bombardean también cualquier supuesto de igualdad entre las confesiones religiosas presentes en el Estado español: “El hecho de que se otorgue a la Iglesia católica —y no a otras confesiones religiosas— el mismo procedimiento que a la Administración no tiene nada que ver con un supuesto privilegio concedido en virtud de la anterior situación de confesionalidad católica del Estado. Por el contrario, esta peculiaridad tiene su explicación en razones históricas y sociológicas: cualquier observador objetivo puede constatar que la Iglesia católica no es comparable a ninguna otra institución religiosa o de otro tipo en cuanto a su raigambre histórica, su presencia y extensión en todo el territorio, así como en lo referente a su patrimonio. La diferencia en el tratamiento jurídico otorgado a la Iglesia en este aspecto, lejos de ser un injusto privilegio, pretende responder con justicia a la peculiar realidad de las instituciones eclesiásticas”.

Desde Andalucía a Castilla La Mancha, desde la Comunidad Valenciana o Aragón, en los últimos años han ido aflorando datos concretos de este escándalo. En el caso concreto de la Mezquita-Catedral de Córdoba, se sabe que la Iglesia la inscribió a su nombre en 2006 por la suma de 30 euros. ¿Qué han hecho los registradores de la propiedad, los colegas profesionales de Mariano Rajoy, ante dichas prácticas? Mirar hacia otro lado y acogerse a la legislación vigente, amparándose en una Sentencia de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo de 16 de noviembre de 2006, que dejó sin efecto el recurso de casación de un Ayuntamiento contra la inscripción por parte de la Iglesia de bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad, por más que exista otra sentencia del Tribunal Constitucional 340/1993, de 16 de noviembre, que declaró inconstitucional la mención de la Iglesia en un arrendamiento urbano que atentaba al principio de igualdad respecto a otra parte en litigio. Así las cosas, ante precedentes tan contradictorios, los registradores se encogen de hombros siguiendo la costumbre del lugar.

Visto lo visto, frente a las masivas matriculaciones de la Iglesia sólo quedará la posibilidad de una sentencia genérica del Constitucional, lo que sería poco probable, o litigar caso por caso en aquellos supuestos en los que al menos exista un afectado o un propietario anterior. El resto engrosará las cien mil propiedades con que la Iglesia cuenta en el Estado español, incluyendo el 70 por ciento de los cascos históricos de ciudades como Avila o Toledo.

La norma que evitará que este proceso siga vigente tardará todavía varios meses en ser publicada por el Boletín Oficial del Estado y no será retroactiva –Santa Rita, Rita, Rita, lo que se da no se quita–, en caso de que finalmente se promulgue. En abril, el Consejo de Ministros dio por bueno el anteproyecto de reforma de la Ley Hipotecaria que eliminará el privilegio que hasta ahora tenía la Iglesia para inmatricular bienes a su nombre con la sola certificación del obispo y sin necesidad de poseer título de dominio sobre el bien. El Consejo de Ministros fijaba la publicación de la misma doce meses después de que saliera del Congreso y del Senado. O sea que a los obispos les queda todavía más de un año para imitar a los colonizadores pioneros del Far-West e ir clavando por las praderas de los registros españoles la estaca que señala como propios bienes que no tienen dueño.


Fuente:
Juan José Téllez
09 nov 2014
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Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!

"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.".
(Proverbio árabe).

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