Dubarri escribió:Luisa Serrano escribió:Dubarri escribió:Esto es sencillo, si la ICAR gana la sentencia y resulta que los libros de fe de bautismo no son archivos, la Ley de Protección de Daros se puede dar por sentenciada. Sencillo, cualquiera en vez de registrar en fichas un dato lo registra en un libro. Eso es lo que dictaminó como eximente el tribunal a favor de la Iglesia, "un libro no es un fichero". Ahora tienen un problema muy gordo.
Un saludo,
Así es, Dubarri, tienen un problema muy serio. No sé como se las van a arreglar para solucionar esa chapuza jurídica.
Con esto pasará exactamente igual que con lo de "sin ánimo de lucro" por parte de la Iglesia, cuando es un secreto a voces, algo descarado, que la Iglesia no solo tiene ánimo de lucro y se lucra, sino que además ese es su fín último.
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Un cordial saludo amigo mío.
Luisa
Hola Luisa, cuanto tiempo, un placer cruzar estas letras contigo.
El caso se les escapa de las manos porque si usan estrategias comerciales contra la Agencia de Protección de datos alegando que un libro no es un fichero, imagínate la juridisprudencia que se crea. Las empresas realmente comerciales harán lo propio y seremos todos vendidos en paquete de libros, que "no ficheros". Un serio problema.
Yo creo que al final obligarán a la ICAR a reconocer y anotar las bajas de los apostatas, otra cosa es si esas bajas sirven para algo o no. Porque pregunto si los fallecidos o los rebautizados en otras confesiones están anotados como bajas, imagínate: un Testigo de Jehová Católico Apostólico y Romano o un Mormón Católico Apostólico y Romano, y si me apuras un sectario del Mal Católico Apostólico y Romano. ¡Un caos! Vamos una chapuza.
Si el registro bautismal tan solo sirve de referencia para la ICAR nada importa lo que anoten como el diario personal de una persona (la que lo tenga), si fuera que eso se usa para lograr bienes y cotas de poder socio-políticas la cosa cambia, porque se están proporcionando datos de fallecidos o personas de otras confesiones.
Un saludo,
Dubarri, ese es uno de los problemas: que la Iglesia utiliza esas cifras para presionar políticamente allí donde puede, y no solo políticamente. No digo más.
La sentencia del Tribunal Supremo es un disparate por todos lados, primero porque contradice a la propia Ley en tanto que la Ley considera que fichero lo es en cualquier tipo de soporte. De hecho, muchísimos ficheros de datos, además de estar indexados informáticamente, también lo están en papel.
Además introduce otro elemento realmente sorprendente, y es que es "DE DIFÍCIL ACCESO", sin especificar qué se considera de fácil o difícil acceso, algo subjetivo, máxime cuando eso no lo contempla la Ley. En tal sentido, igualmente, cualquier empresa, agarrándose a esto, puede alegar que no te borra de sus "ficheros" porque le es de "difícil acceso". (A saber cómo metió los datos esa empresa.)
Pero es que ahora, ya no solo una empresa, sino cualquiera puede utilizar este elemento "DE DIFICIL ACCESO" para eximirse del cumplimiento de la Ley. Puesto que ante la ley todos somos iguales, incluidas las empresas, y la propia Administración, por ejemplo, imagínate alguien puede no pagar a Hacienda alegando que acceder a sus datos económicos-laborales es de difícil acceso. Las posibilidades de utilizar esa eximente "DE DIFICIL ACCESO" para incumplir la Ley son imprevisibles y de ahí también su gravedad.
Esto, a parte de no contemplarlo la ley, sinceramente, desde mi punto de vista, es una vergüenza para el sistema jurídico, por lo dicho, porque no razona lo que es fácil o dicícil, aún teniendo dicho Tribunal obligación de hacerlo, máxime tratándose del Tribunal Supremo de Justicia, pero es que además de inaudito miente en tanto que en las apostasías, al menos todas las que han recurrido, se relaciona el nombre y apellidos, fecha de nacimiento y lugar exacto donde se realizó el bautizo, es decir se dan datos más que suficientes para poder acceder al libro en cuestión, que en la mayoría de ocasiones suele estar en la parroquia de turno o, en su defecto, en el obispado.
Ni que decir tiene, que nadie obliga a la Iglesia a anotarlo en la forma que lo anota, por tanto, bien podría disponer ella, que es la que se hace cargo de anotar los datos, de un sistema que le permitiera un "fácil acceso". Estamos además hablando de una institución millonaria, que dispone de resursos para ello, por tanto, ese es su problema, que no le exime de cumplir la ley, no problema del ciudadano que, en su derecho reconocido, desea borrarse de sus listas.
Eso debería haberlo tenido en cuenta el Tribunal Supremo, teniendo como tiene asesores cualificados, pero ... me cachis, curiosamente, se les ha pasado por alto.
Pero además es ridículo porque, si en darte una Partida de Bautismo (para lo cual tienen que acceder al mismo libro donde se pide se borren datos) tarda la Iglesia un día, si lo pagas claro, a lo sumo tres (puede comprobarlo cualquiera) y resulta que la Ley da un plazo de diez días para que te borren, ¿como es posible que afirme el Tribunal Supremo de Justicia que acceder a ese libro-fichero es de "difícil acceso"?, y aún peor, algo extrañísimo para dicho Tribunal, lo haga sin razonar, como es su obligación y norma, ese matiz tratándose como se trata de otra de las bases fundamentales de denegación de la demanda.
Queriendo disimular con esa CHAPUZA jurídica (con mayúsculas lo de chapuza) el problema de la Apostasía, en realidad lo que han hecho es abrir una Caja de Pandora. Ahora la solución y situación es muy delicada, por lo que estamos diciendo en el sentido de que, a partir de ya, cualquier empresa, agencia, ente, secta, o lo que sea, vete a saber, agarrándose a ello, puede disponer de nuestros datos personales en un libro, pasearlos si quiere, donarlos, pasarlos a terceros, etc... ya que al parecer eso no es fichero, y por tanto queda excluido de esa "Protección Oficial", que es lo que, a fin de cuentas, (para darle ese privilegio a la Iglesia) el Tribunal Superior de Justicia, al mando de un católico, ha venido a decirle a la Agencia de Protección de Datos, o sea, si no ponen remedio, ha destrozado a dicha Agencia y a la Ley relacionada con ello y, como digo, dicho Tribunal ha introducido ese elemento "nuevo" eximente "DE DIFICIL ACCESO" para incumplir no ya solo esa la Ley, sino cualquier Ley.
Por otro lado, no queremos darle más poder a la Iglesia, ni se le puede permitir más poder, en el sentido de que pueda ella disponer a su antojo de un "Registro de Bautizados" (que a su arbitrio hace y deshace) y un "Registro de Apostatas", porque eso es lo que está haciendo la Iglesia, en tanto que, en el mejor de los casos, tan solo se limita, solamente, a anotar en el margen del Libro de Bautizos que se apostata, con lo cual en realidad lo que tiene es dos ficheros y por tanto más información, así que la solución es que SE BORREN LOS DATOS, o que la Iglesia no sea la que maneje esa información, sino que sea el Estado, como así lo propuso, por ejemplo, Izquierda Unida en el Congreso de los Diputados, si mal no recuerdo, el pasado año.
Y para colmo, sin olvidar, que los que se quieren borrar no se quieren borrar de una empresa normal y corriente, sino de una empresa o institución HISTORICAMENTE CRIMINAL, que además actualmente no acepta, ni respeta, los Derechos Humanos, .... es decir, lo que se pide es no pertenecer ni permanecer en las listas de una institución-fraude en todos los sentidos, dato que, también curiosamente, y por desgracia, ha pasado deshonestamente desapercibido por dicho Tribunal, como digo, ahora, en el momento de producirse ese Fallo, bajo el mando de un católico, el señor Divar. El tema esta muy, pero que muy caliente. Espero se tenga en cuenta por quienes deben tenerlo en cuenta y espero todo esto tenga una solución acorde a lo mínimamente justo. Tampoco se pide mucho, ni más, ni digo más, más que si se quiere aún están a tiempo de solucionarlo.
Estamos esperando resultados justos y, si no, desde luego los CyberAteos iniciaremos una campaña sin precedentes por esta injusticia en unión con otras formaciones, eso a voz de pronto, ya lo anuncio, sin descartar mostrarnos parte en otras acciones, legales, que estimemos oportunas.
Dubarri, estimado amigo, el placer también es mio al intercambiar opiniones, y gracias a tí por estar por aquí.
Un cordial saludo.
Luisa Serrano.
P.D.: Ni que decir tiene que, animo a todos a realizar EL DERECHO DE APOSTASÍA, pues la cosa promete.