FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
- beltzean
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
http://www2.ohchr.org/spanish/law/crimenes_guerra.htm
Los crímenes siguientes son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido:
a) Los crímenes de guerra según la definición dada en el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, de 8 de agosto de 1945, y confirmada por las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 3 (I) de 13 de febrero de 1946 y 95 (I) de 11 de diciembre de 1946, sobre todo las "infracciones graves" enumeradas en los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 para la protección de las víctimas de la guerra;
b) Los crímenes de lesa humanidad cometidos tanto en tiempo de guerra como en tiempo de paz, según la definición dada en el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, de 8 de agosto de 1945, y confirmada por las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 3 (I) de 13 de febrero de 1946 y 95 (I) de 11 de diciembre de 1946, así como la expulsión por ataque armado u ocupación y los actos inhumanos debidos a la política de apartheid y el delito de genocidio definido en la Convención de 1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio aun si esos actos no constituyen una violación del derecho interno del país donde fueron cometidos.
Los crímenes siguientes son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido:
a) Los crímenes de guerra según la definición dada en el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, de 8 de agosto de 1945, y confirmada por las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 3 (I) de 13 de febrero de 1946 y 95 (I) de 11 de diciembre de 1946, sobre todo las "infracciones graves" enumeradas en los Convenios de Ginebra de 12 de agosto de 1949 para la protección de las víctimas de la guerra;
b) Los crímenes de lesa humanidad cometidos tanto en tiempo de guerra como en tiempo de paz, según la definición dada en el Estatuto del Tribunal Militar Internacional de Nuremberg, de 8 de agosto de 1945, y confirmada por las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 3 (I) de 13 de febrero de 1946 y 95 (I) de 11 de diciembre de 1946, así como la expulsión por ataque armado u ocupación y los actos inhumanos debidos a la política de apartheid y el delito de genocidio definido en la Convención de 1948 para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio aun si esos actos no constituyen una violación del derecho interno del país donde fueron cometidos.
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- Tontxu
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales
De 4 de Noviembre de 1950, ratificado por España con fecha 26 de septiembre de 1979, y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 10 de octubre de 1979.
Revisado en conformidad con el Protocolo n° 11 (Fecha de entrada en vigor 1 de noviembre 1998)
Artículo 7. No hay pena sin ley.
1.Nadie podrá ser condenado por una acción y o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el Derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida.
2. El presente artículo no impedirá el juicio y el castigo de una persona culpable de una acción o de una omisión que, en el momento de su comisión, constituía delito según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas.
Es en este artículo en que Garzón se basó para incora la causa. Hasta me gusta lo de "no hay pena sin ley".
De 4 de Noviembre de 1950, ratificado por España con fecha 26 de septiembre de 1979, y publicado en el Boletín Oficial del Estado de 10 de octubre de 1979.
Revisado en conformidad con el Protocolo n° 11 (Fecha de entrada en vigor 1 de noviembre 1998)
Artículo 7. No hay pena sin ley.
1.Nadie podrá ser condenado por una acción y o una omisión que, en el momento en que haya sido cometida, no constituya una infracción según el Derecho nacional o internacional. Igualmente no podrá ser impuesta una pena más grave que la aplicable en el momento en que la infracción haya sido cometida.
2. El presente artículo no impedirá el juicio y el castigo de una persona culpable de una acción o de una omisión que, en el momento de su comisión, constituía delito según los principios generales del derecho reconocidos por las naciones civilizadas.
Es en este artículo en que Garzón se basó para incora la causa. Hasta me gusta lo de "no hay pena sin ley".
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- beltzean
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
De todas formas a mi me da en la nariz que el juez Garzón tenía otras pretensiones al meterse en este berenjenal. Ni tan tonto , ni tan desinformado me parece este hombre. Yo no tengo ni pajolera idea de si hay leyes nacionales o internacionales en las que pueda basar su tramitación, y tampoco sé muy bien que coño pinta Varela aleccionando a quienes presentaron la denuncia por prevaricación.
A veces la justicia tiene poco que ver con las leyes y los tribunales.
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Tontxu, tu también quieres que la araña se pague una comida eh?
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Oye, que conste que yo estaría encantado de invitaros a comer, pero como sigais mencionando normativas y tratados posteriores a 1.939 me parece que vamos a ir a escote.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!
"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.". (Proverbio árabe).
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Si la justicia del intento no está sometida a discusión -al menos por mi parte-. Lo que se discute es si un juez puede acusar y condenar aplicando un principio jurídico inexistente obviando uno que sí es reconocido. Es independiente del objeto del que se trata.beltzean escribió:De todas formas a mi me da en la nariz que el juez Garzón tenía otras pretensiones al meterse en este berenjenal. Ni tan tonto , ni tan desinformado me parece este hombre. Yo no tengo ni pajolera idea de si hay leyes nacionales o internacionales en las que pueda basar su tramitación, y tampoco sé muy bien que coño pinta Varela aleccionando a quienes presentaron la denuncia por prevaricación.
A veces la justicia tiene poco que ver con las leyes y los tribunales.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Yo invito a caña con gamba (con gabardina) al que cuelgue aquí la argumentación de Garzón.
A ver en qué se fundamentaba. Seguro que ahí vienen los tratados internacionales a los que hace referencia.
El problema, según recuerdo, está en que la AN consideró que no era competencia de su tribunal el abrir la investigación, por considerar que el tipo de crímenes que se cometieron no son de su competencia. No en que en España no se puedan juzgar los crímenes.
A ver en qué se fundamentaba. Seguro que ahí vienen los tratados internacionales a los que hace referencia.
El problema, según recuerdo, está en que la AN consideró que no era competencia de su tribunal el abrir la investigación, por considerar que el tipo de crímenes que se cometieron no son de su competencia. No en que en España no se puedan juzgar los crímenes.
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Nada hay más gratificante en este mundo que joderle una comida a la tarántula. A las copas invito yo.beltzean escribió:Tontxu, tu también quieres que la araña se pague una comida eh?
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
¿Por qué tiene que ser anterior a 1939?Vitriólico escribió:Oye, que conste que yo estaría encantado de invitaros a comer, pero como sigais mencionando normativas y tratados posteriores a 1.939 me parece que vamos a ir a escote.
Por lo que yo he entendido, estas normativas y tratados pueden aplicarse a sucesos anteriores a su firma y ratificación.
http://www.elpais.com/articulo/espana/E ... nac_14/Tes
La Gran Sala del Tribunal de Estrasburgo ha declarado que la condena de Vassili Kononov, un letón de 87 años con nacionalidad rusa desde 2000, por crímenes de guerra cometidos en la Segunda Guerra Mundial, no supone una violación del artículo 7 (no hay pena sin ley) de la Convención Europea de Derechos Humanos. La decisión constituye un respaldo internacional a la interpretación que el juez Baltasar Garzón hizo en su intento de persecución de los crímenes del franquismo, (es decir que ese tipo de atrocidades nunca prescriben aunque lo sostengan leyes nacionales), lo que implícitamente supone que no es él quien prevarica y que la interpretación del Tribunal Supremo es la que está equivocada.
Tontxu ya había mencionado esto de " no hay pena sin ley"
creo que merezco, aunque solo sea, la gamba con gabardina
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Dos gambas con gabardina y cervezas a discreción.
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
El Comité de Derechos Humanos ha instado a España a que no se aplique esa ley en nuestros tribunales como una ley de punto final, completamente incompatible con el derecho internacional al pretender amnistíar crímenes de lesa humanidad. Igualmente, ha recomendado la creación de una comisión de expertos independientes encargada de restablecer la verdad histórica sobre violaciones de derechos humanos cometidas durante la guerra civil y la dictadura franquista. El Comité contra la Tortura también ha recomendado adoptar medidas tendentes a asegurar que los actos de tortura, que también incluyen desapariciones forzadas, no sean crímenes sujetos a amnistía.
Lo que queda absolutamente claro para las Naciones Unidas (cuyos acuerdos de paz por ejemplo, nunca pueden prometer amnistías por crímenes de genocidio, de guerra o de lesa humanidad o por infracciones graves de los derechos humanos ) y para organizaciones de defensa de derechos humanos del prestigio de Human Rights Watch, Amnistía Internacional y la Federación Internacional de Derechos Humanos (red internacional que agrupa a 155 organizaciones de 100 países), es que esta ley es contraria al derecho internacional y no puede invocarse para dejar impunes crímenes de derecho internacional, como es el caso.
Pero todavía hay más con respecto a los que esgrimen la Ley de Amnistía de 1977. Para empezar, la propia Constitución Española determina en su artículo 61.i que no podrán autorizarse indultos generales, de tal suerte que la amnistía necesariamente ha desaparecido del Código Penal como forma de extinción de la responsabilidad penal. Pero incluso ignorando todo lo anterior, echemos un vistazo a lo que dice la propia Ley de Amnistía en su artículo 1: quedan amnistiados todos los actos de intencionalidad política (los crímenes de lesa humanidad –según el derecho internacional- no pueden considerarse crímenes políticos, pero podríamos hasta pasar esto por alto) “siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas”. La propia ley, por tanto, determina que hay actos que no pueden quedar cubiertos por el manto de la impunidad.
Además, según el artículo 9 de la Ley de Amnistía corresponde exclusivamente a los jueces y tribunales la aplicación de la amnistía, y, por el momento, ni se ha solicitado expresamente tal aplicación ni se ha atribuido a personas concretas la responsabilidad penal de actos “de intencionalidad política” para, posteriormente, declarar extinguida esa responsabilidad. Y todo ello, porque tales cuestiones requieren de un proceso judicial que es lo que precisamente se ha pretendido evitar a toda costa. Hay que retorcer hasta lo indecible la legislación internacional, la Constitución Española y la propia Ley de Amnistía para la inadmisión que pretenden los defensores de la impunidad con la complicidad del Estado, parte de los fiscales y magistrados, y buena parte de la clase política.
En cuanto a la “amnesia”, el olvido -en este caso intencionado- de las víctimas del franquismo debería cubrir de vergüenza a una clase política que se pretende “demócrata”. Parece que hemos olvidado que España es parte del sistema de protección de los derechos humanos al ser miembro de las Naciones Unidas (fue admitida en dicha organización el 14 de diciembre de 1955), por lo que el Estado español es –por lo menos- responsable internacionalmente desde esa fecha por la infracción de las disposiciones de la Carta de Naciones Unidas de 1945, cuyo artículo 55 establece que se promoverá el respeto universal de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, así como la efectividad de tales derechos y libertades.
, ¿aceptarán que los asesinatos, las torturas y detenciones ilegales sin razón del paradero de personas más el secuestro de niños suponen “violencia grave” contra las personas y que no serían amnistiables en ningún caso?.
Extractos de páginas amigas de aquí y de allá, es que no soy nada objetivo, Solo sé, que sé, que no soy objetivo.
Creo que lo tienen muy jodido, el TS y los que pretenden pasar página. El ruido de sables ya no nos inquieta. A estos señores se le acabó en mano en plaza. Saludos.
Lo que queda absolutamente claro para las Naciones Unidas (cuyos acuerdos de paz por ejemplo, nunca pueden prometer amnistías por crímenes de genocidio, de guerra o de lesa humanidad o por infracciones graves de los derechos humanos ) y para organizaciones de defensa de derechos humanos del prestigio de Human Rights Watch, Amnistía Internacional y la Federación Internacional de Derechos Humanos (red internacional que agrupa a 155 organizaciones de 100 países), es que esta ley es contraria al derecho internacional y no puede invocarse para dejar impunes crímenes de derecho internacional, como es el caso.
Pero todavía hay más con respecto a los que esgrimen la Ley de Amnistía de 1977. Para empezar, la propia Constitución Española determina en su artículo 61.i que no podrán autorizarse indultos generales, de tal suerte que la amnistía necesariamente ha desaparecido del Código Penal como forma de extinción de la responsabilidad penal. Pero incluso ignorando todo lo anterior, echemos un vistazo a lo que dice la propia Ley de Amnistía en su artículo 1: quedan amnistiados todos los actos de intencionalidad política (los crímenes de lesa humanidad –según el derecho internacional- no pueden considerarse crímenes políticos, pero podríamos hasta pasar esto por alto) “siempre que no hayan supuesto violencia grave contra la vida o la integridad de las personas”. La propia ley, por tanto, determina que hay actos que no pueden quedar cubiertos por el manto de la impunidad.
Además, según el artículo 9 de la Ley de Amnistía corresponde exclusivamente a los jueces y tribunales la aplicación de la amnistía, y, por el momento, ni se ha solicitado expresamente tal aplicación ni se ha atribuido a personas concretas la responsabilidad penal de actos “de intencionalidad política” para, posteriormente, declarar extinguida esa responsabilidad. Y todo ello, porque tales cuestiones requieren de un proceso judicial que es lo que precisamente se ha pretendido evitar a toda costa. Hay que retorcer hasta lo indecible la legislación internacional, la Constitución Española y la propia Ley de Amnistía para la inadmisión que pretenden los defensores de la impunidad con la complicidad del Estado, parte de los fiscales y magistrados, y buena parte de la clase política.
En cuanto a la “amnesia”, el olvido -en este caso intencionado- de las víctimas del franquismo debería cubrir de vergüenza a una clase política que se pretende “demócrata”. Parece que hemos olvidado que España es parte del sistema de protección de los derechos humanos al ser miembro de las Naciones Unidas (fue admitida en dicha organización el 14 de diciembre de 1955), por lo que el Estado español es –por lo menos- responsable internacionalmente desde esa fecha por la infracción de las disposiciones de la Carta de Naciones Unidas de 1945, cuyo artículo 55 establece que se promoverá el respeto universal de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, así como la efectividad de tales derechos y libertades.
, ¿aceptarán que los asesinatos, las torturas y detenciones ilegales sin razón del paradero de personas más el secuestro de niños suponen “violencia grave” contra las personas y que no serían amnistiables en ningún caso?.
Extractos de páginas amigas de aquí y de allá, es que no soy nada objetivo, Solo sé, que sé, que no soy objetivo.
Creo que lo tienen muy jodido, el TS y los que pretenden pasar página. El ruido de sables ya no nos inquieta. A estos señores se le acabó en mano en plaza. Saludos.
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
La opinión de un juez y un fiscal: No parece que esté tan claro que la balanza se incline hacia la prevaricación, al menos la de Garzón.
La noticia aquíEl proceso incoado por el Tribunal Supremo (TS) contra el juez Garzón por las querellas de Manos Limpias y Falange Española constituye un hecho doloroso e injustificable. Debe recordarse que las querellas tienen su fundamento en la incoación de un procedimiento penal para la investigación y averiguación del paradero de los desaparecidos durante la guerra civil y la dictadura. El juez Garzón decidió lo que estaba obligado a hacer ante una realidad que abarcaba todo el territorio nacional y desde una instancia jurisdiccional estatal, con competencia en toda España, en aplicación de los tratados internacionales ratificados por España contra la impunidad de los crímenes contra la humanidad. Para ello, practicó unas diligencias inmediatas que llevaron a la comprobación del censo provisional de personas desaparecidas en España, 114.266 en dicho periodo. Todo en el ejercicio de la independencia judicial, aplicando las leyes vigentes e interpretándolas conforme a los valores constitucionales y el Derecho Internacional.
Lo contrario, lo que ha hecho el TS al abrirle un proceso penal, es "criminalizar la deliberación e imponer límites penales a la interpretación judicial", según señaló Jueces para la Democracia el pasado 12 de febrero. Este proceso representa un ataque frontal a la independencia judicial y, por ende, al Estado democrático de derecho. Por ello, el fiscal mantiene una rotunda y fundada oposición a las querellas y a las resoluciones del TS y acaba de solicitar el sobreseimiento y archivo de la causa.
El proceso contra Garzón se inicia con el auto de 26/5/2009, admitiendo a trámite la querella de Manos Limpias. Desde entonces, el juez instructor Varela ha tramitado el proceso adoptando diligencias que sólo atendían y favorecían a las acusaciones, con manifiesta indefensión del querellado. Solo así se explica que incorporara a la causa las Diligencias Indeterminadas 70/98 del Juzgado Central número 5 sobre los fusilamientos de Paracuellos, "en la medida que puedan contribuir a esclarecer las circunstancias concurrentes en la decisión de dictar las resoluciones objeto de las querellas...". Más adelante, el juez Varela, por auto de 3/2/2010, atribuye al juez Garzón la comisión de un delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, haciendo una interpretación errónea de la Ley de Amnistía de 1977 y de la Ley de la Memoria Histórica de 2007, con un grave y profundo desconocimiento de los tratados internacionales ratificados por España sobre los crímenes contra la humanidad y de su incidencia en el ordenamiento español.
Asimismo, en la fase posterior, el proceso contra Garzón está profundamente viciado por los gravísimos errores cometidos por el juez Varela, en perjuicio del juez Garzón, tanto en el auto de 7 de abril, en que decide "proceder" contra él, como por su actuación ante las acusaciones.
En dicho auto, el primer presupuesto para "proceder" contra Garzón, es "que se hayan practicado las diligencias pertinentes" planteadas por todas las partes del proceso. Sin embargo, el instructor mantuvo que las diligencias solicitadas por Garzón para acreditar su inocencia eran innecesarias. En consecuencia, colocó al querellado en una situación de indefensión, puesto que le atribuyó la comisión de un delito sin que previamente resolviera sobre la práctica de aquellas diligencias que pudieran haberle favorecido. Diligencias de prueba que pretendían acreditar que las decisiones adoptadas por Garzón no sólo no eran "absurdas" o "extravagantes", sino que han sido compartidas por otros jueces de instrucción y magistrados y tienen el apoyo incondicional de los más eminentes juristas del Derecho Penal Internacional. Así, el juez Varela decidió no abrir un debate sobre la perseguibilidad de los crímenes contra la humanidad, las leyes de amnistía y la prescripción de la desaparición forzada de personas; debate absolutamente necesario para desvirtuar las imputaciones de prevaricación que se hacen a Garzón.
Cuestión no baladí, porque la consecuencia fue que las partes acusadoras presentasen escritos de acusación de forma prematura y extemporánea cuando estaba pendiente de resolverse sobre las pruebas pedidas por Garzón. Es legítimo preguntarse por la razón de haber inculpado a Garzón y permitir a los querellantes que formulen sus escritos de acusación, mediante una resolución aparentemente injusta, por ilegal. ¿Lo hizo a sabiendas, por imprudencia grave o por ignorancia inexcusable, o fue simplemente un error? El juez Varela debería explicarlo, pero aún no lo ha hecho, ni siquiera a las partes del proceso. Por la misma razón, debería explicar por qué demoró, sin justificación conocida, dar cuenta al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de la resolución que comentamos, retraso que contrasta con la premura que se ha dado ahora. ¿Serán las circunstancias extraprocesales últimamente concurrentes las que le han espoleado? ¿O será que aplica la ley siguiendo criterios de oportunidad?
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- Vitriólico
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Yo entiendo que el diario EL PAÍS y toda su cohorte mediática esté empeñado en la defensa de Garzón. Y que no hagan más que publicar opiniones de gente que lo apoya. Y que los que opináis igual os hagáis eco de ellas. Pero son juicios de valor muy poco fundamentados, en mi enferma opinión.
También se podría hacer referencia sistemática a las toneladas de artículos contrarios que están publicando los adversarios. Pero no creo que merezca la pena, ¿verdad?. Porque no por que haya más opiniones de un lado va a ser más o menos verdad.
Lo que echo de menos es un análisis más concreto -por decirlo de otra manera, más técnico-. Y mira que lo he buscado incluso en foros de corte jurídico. Pero oye, no hay manera.
También se podría hacer referencia sistemática a las toneladas de artículos contrarios que están publicando los adversarios. Pero no creo que merezca la pena, ¿verdad?. Porque no por que haya más opiniones de un lado va a ser más o menos verdad.
Lo que echo de menos es un análisis más concreto -por decirlo de otra manera, más técnico-. Y mira que lo he buscado incluso en foros de corte jurídico. Pero oye, no hay manera.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!
"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.". (Proverbio árabe).
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Vitriólico escribió:Por ahí mal vamos.Reficul escribió:Creo que con tanta literatura y tantos tecnicismos se pierde de vista el meollo de la cuestión.
¿Están los jueces para hacer jusctica? SÍ
¿Sacar los muertos de la cuneta y esclarecer sus muertes es justo? SÍ
Entonces ¿de qué es culpable Garzón? ¿de hacer más justicia de la que se le exigía?
Perfecto, pasaremos a la historia como el país que condenó a pagar 1.000 € a un juez que no hizo su trabajo y dejó en libertad a un asesino que mató a una niña, pero que inhabilitó a otro juez por trabajar más de la cuenta.
- ¿Están los jueces para aplicar la ley?: SÍ
¿Un juez puede aplicar otra cosa que no sea la ley?: NO
¿Un juez puede alterar -que no interpretar- una ley?: NO
¿Un juez puede aplicar un principio legal inexistente?: NO
¿Estamos sometidos todos a la ley?: SÍ
¿Un juez que aplica un principio inexistente en contra de una ley existente debe ser juzgado -independientemente de su contenido-?: SÍ
¿Un juez que aplica un principio inexistente en contra de una ley existente a sabiendas -independientemente de su contenido- debe ser condenado?: SÍ
¿El que todo diossss se calle cuando un juez deja de aplicar una ley porque "nos gusta" lo que dice es correcto?: NO
Yo también sé jugar a simplificar lo que no es tan simple.
Un vitriólico saludo.
PD.: Por cierto, los jueces no están para hacer justicia. Los jueces están para ADMINISTRAR la justicia contenida en las leyes QUE HACE EL PODER LEGISLATIVO, que no es lo mismo. Vamos, no se parece una mierda.
Todas estas consideraciones son secundarias. Si hay infracciones, estoy de acuerdo en que se juzguen y se penalicen, pero sin perder de vista lo fundamental (la Justicia), que ese era el objeto de mi simplificación. También, por supuesto, hay que atender a la proporcionalidad de las penas respecto de las infracciones.
saludos
Construye un mundo laico y racional.
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- Vitriólico
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
No son consideraciones secundarias toda vez que lo que se discute -al menos formalmente y por mi parte también- no es el objeto de la acción, sino la acción misma.Reficul escribió: Todas estas consideraciones son secundarias. Si hay infracciones, estoy de acuerdo en que se juzguen y se penalicen, pero sin perder de vista lo fundamental (la Justicia), que ese era el objeto de mi simplificación. También, por supuesto, hay que atender a la proporcionalidad de las penas respecto de las infracciones.
Reitero: el que un juez aplique a sabiendas normas inexistentes contrarias a la Ley vigente es el objeto de la prevaricación. Por muy loable que fuera su intención final. Y un estado no puede funcionar si esto ocurre. ¿Qué harás cuando algún juez haga lo mismo en nuestra contra?. Porque, querido amigo, la justicia es un concepto SUBJETIVO que deviene en objetivo sólo como acuerdo social y formalizado. Es decir, en cuanto a Ley.
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Vitriólico: La Ley de Amnistía de 1977,¿Fue enactada para aministiar a los criminales franquistas? : NO
En los crímenes franquistas: ¿Participaron los tribunales de justicia?: SI
¿ Fueron reestructurados los tribunales de acuerdo con la Constitución y el espíritu de la Transición?: NO
Entonces, todo podemos considerarlo una chapucería que necesita ser corregida cuanto antes, y aquí viene
el objetivo Garzón, aunque no tenga que ser él, necesariamente, el que encuentre esa solución.
El "problema Garzón", es que el hombre está en un triángulo Franquismo, Gurthel, justícia que es necesario
resolver, puesto que la pervivencia de la corrupción hará peligrar al mismo Estado. Salud: Ignition
En los crímenes franquistas: ¿Participaron los tribunales de justicia?: SI
¿ Fueron reestructurados los tribunales de acuerdo con la Constitución y el espíritu de la Transición?: NO
Entonces, todo podemos considerarlo una chapucería que necesita ser corregida cuanto antes, y aquí viene
el objetivo Garzón, aunque no tenga que ser él, necesariamente, el que encuentre esa solución.
El "problema Garzón", es que el hombre está en un triángulo Franquismo, Gurthel, justícia que es necesario
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
¡Anda qué bien!.
¿¿Y quién es ese juez para decidir que hay que "corregir", "reformar", "perfeccionar", -o como quieras decir-, la Transición española??.
¿No crees que eso debería ser decidido por los representantes de los ciudadanos en el Congreso?. ¿O es que Garzón manda en la política de este país?.
Y, respecto de si están contemplados los crímenes del franquismo en la Ley de Amnistía, ya se discutió profusamente en la primera página de este hilo. En cualquier caso, lamentablemente creo que aunque se resistan a llamarlo así, esta ley SÍ fue de "punto final".
Por cierto, las barbaridades que se cometieron por parte del bando republicano (que las hubo y sonoras), ¿también habría que investigarlas entonces?.
¿¿Y quién es ese juez para decidir que hay que "corregir", "reformar", "perfeccionar", -o como quieras decir-, la Transición española??.
¿No crees que eso debería ser decidido por los representantes de los ciudadanos en el Congreso?. ¿O es que Garzón manda en la política de este país?.
Y, respecto de si están contemplados los crímenes del franquismo en la Ley de Amnistía, ya se discutió profusamente en la primera página de este hilo. En cualquier caso, lamentablemente creo que aunque se resistan a llamarlo así, esta ley SÍ fue de "punto final".
Por cierto, las barbaridades que se cometieron por parte del bando republicano (que las hubo y sonoras), ¿también habría que investigarlas entonces?.
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
He encontrado esta página que explica un poco lo ocurrido sin tomar "demasiado" partido.
Por mi parte sigo sin entender mucho, pero algo se saca en claro
http://www.ishkarioth.com/advocatus/tag/garzon/
Hombre Vitriólico, habría que investigarlos todos.
Claro que, parece ser que desaparecieron mas de un bando que de otro.. .Y a pesar de que nunca he estudiado la guerra civil ( el olvido se incluye en los curriculos educativos) parece ser que unos atacaban y otros defendían.... Puede haber victimas en ambos bandos, pero no es lo mismo... Tchee, juicio de valor, sin más.
Oye, que si algún franquista considera que fué maltratado por el bando republicano, que pida responsabilidades... que gente hay pa tó.
Por mi parte sigo sin entender mucho, pero algo se saca en claro
http://www.ishkarioth.com/advocatus/tag/garzon/
Hombre Vitriólico, habría que investigarlos todos.
Claro que, parece ser que desaparecieron mas de un bando que de otro.. .Y a pesar de que nunca he estudiado la guerra civil ( el olvido se incluye en los curriculos educativos) parece ser que unos atacaban y otros defendían.... Puede haber victimas en ambos bandos, pero no es lo mismo... Tchee, juicio de valor, sin más.
Oye, que si algún franquista considera que fué maltratado por el bando republicano, que pida responsabilidades... que gente hay pa tó.
esto es un sindios
- Vitriólico
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Interesante el enlace. Gracias, Beltzean.
Yo no estoy seguro de tener razón o no en este asunto, pero tengo que confesar que, tanto en este foro como en mi círculo de amigos, estoy encontrando algo que no me gusta demasiado, como es lo que a mi juicio representa una cierta dificultad -en algunos, incapacidad-, para deslindar de las apetencias y gustos políticos personales las cuestiones que afectan a todos de una manera objetiva. Es como si se justificase o se minimizase la arbitrariedad porque nos conviene o porque satisface nuestro sentido de la justicia o de cómo debieran ser las cosas. Y me parece grave porque no deja de representar una actitud sectarista y oportunista. Y lo que es peor, miope.
Podremos llenar páginas quejándonos de aquellos que no asumen una actitud respetuosa, neutra y laica cuando se toman decisiones que benefician a una determinada creencia. Pero cuando decisiones presunta o muy posiblemente arbitrarias benefician a las nuestras no nos revolvemos como sería de esperar y debiéramos, sino que lo justificamos. Así no vamos a ninguna parte.
Me parecería mejor que Garzón o quién sea se saltara a la torera y conscientemente lo que fuera para llamar la atención de un problema, asumiera su responsabilidad e, incluso, se inmolara a lo bonzo de hacer falta. A veces es necesario hacer este tipo de cosas para avanzar. Pero comulgar con ruedas de molino ... no. Ni con ruedas de molino, ni con hostias. A lo hecho, ... ¡pecho!. Pero no creo que sea el caso.
Yo no estoy seguro de tener razón o no en este asunto, pero tengo que confesar que, tanto en este foro como en mi círculo de amigos, estoy encontrando algo que no me gusta demasiado, como es lo que a mi juicio representa una cierta dificultad -en algunos, incapacidad-, para deslindar de las apetencias y gustos políticos personales las cuestiones que afectan a todos de una manera objetiva. Es como si se justificase o se minimizase la arbitrariedad porque nos conviene o porque satisface nuestro sentido de la justicia o de cómo debieran ser las cosas. Y me parece grave porque no deja de representar una actitud sectarista y oportunista. Y lo que es peor, miope.
Podremos llenar páginas quejándonos de aquellos que no asumen una actitud respetuosa, neutra y laica cuando se toman decisiones que benefician a una determinada creencia. Pero cuando decisiones presunta o muy posiblemente arbitrarias benefician a las nuestras no nos revolvemos como sería de esperar y debiéramos, sino que lo justificamos. Así no vamos a ninguna parte.
Me parecería mejor que Garzón o quién sea se saltara a la torera y conscientemente lo que fuera para llamar la atención de un problema, asumiera su responsabilidad e, incluso, se inmolara a lo bonzo de hacer falta. A veces es necesario hacer este tipo de cosas para avanzar. Pero comulgar con ruedas de molino ... no. Ni con ruedas de molino, ni con hostias. A lo hecho, ... ¡pecho!. Pero no creo que sea el caso.
Si pretendes razonar sobre religión con un creyente piensa que, si pudiera razonar sobre ello, ... ¡no sería creyente!
"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.". (Proverbio árabe).
"La primera vez que alguien te engaña, es culpa suya. La segunda, tuya.". (Proverbio árabe).
- beltzean
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Re: FIRMA EN APOYO DEL JUEZ GARZON
Para empezar,ni las leyes son neutrales ni emanan de nada superior al ser humano, y la justicia tampoco.Vitriólico escribió:Interesante el enlace. Gracias, Beltzean.
Yo no estoy seguro de tener razón o no en este asunto, pero tengo que confesar que, tanto en este foro como en mi círculo de amigos, estoy encontrando algo que no me gusta demasiado, como es lo que a mi juicio representa una cierta dificultad -en algunos, incapacidad-, para deslindar de las apetencias y gustos políticos personales las cuestiones que afectan a todos de una manera objetiva. Es como si se justificase o se minimizase la arbitrariedad porque nos conviene o porque satisface nuestro sentido de la justicia o de cómo debieran ser las cosas. Y me parece grave porque no deja de representar una actitud sectarista y oportunista. Y lo que es peor, miope.
Podremos llenar páginas quejándonos de aquellos que no asumen una actitud respetuosa, neutra y laica cuando se toman decisiones que benefician a una determinada creencia. Pero cuando decisiones presunta o muy posiblemente arbitrarias benefician a las nuestras no nos revolvemos como sería de esperar y debiéramos, sino que lo justificamos. Así no vamos a ninguna parte.
Me parecería mejor que Garzón o quién sea se saltara a la torera y conscientemente lo que fuera para llamar la atención de un problema, asumiera su responsabilidad e, incluso, se inmolara a lo bonzo de hacer falta. A veces es necesario hacer este tipo de cosas para avanzar. Pero comulgar con ruedas de molino ... no. Ni con ruedas de molino, ni con hostias. A lo hecho, ... ¡pecho!. Pero no creo que sea el caso.
A medida que leo lo que has escrito, parece como si las leyes fueran inmutables, neutras, objetivas y universales.
No es así. Las leyes cambian , desaparecen, se crean... Y en mi hipocondriaca opinión esto ocurre en respuesta a los cambios sociales , políticos y económicos que mueven el mundo.
Puede que tú seas capaz de separar tu ideología, tu manera de ver y entender las cosas y mostrarte del todo objetivo. A mi me fliparía, pero no lo he conseguido.
A mí mi "ideario" me lleva a pensar que las tendencias sexuales de cada uno son licitas si son consentidas . En cambio hay leyes en EEUU que prohiben la sodomía dentro del matrimonio, o en Irak la homosexualidad conlleva pena de muerte.La ley no tiene que ser necesariamente justa, y esta claro que no todos tenemos el mismo concepto de justicia.
No siempre se puede ser tan neutral como presumes... Algunas veces es necesario posicionarse y ser firme, o te comen la merienda...
esto es un sindios